Sentencia N° 746 — Sala de Casación Social del TSJ, 10 de junio de 2014

TSJ/SCS, Sent. N° 0746, Exp. 12-1405, 10/06/2014
Expediente12-1405
PonenteLUIS EDUARDO FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2014-06-10
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, presidida por el Magistrado Luis Eduardo Franceschi Gutiérrez, decidió homologar el desistimiento del recurso de casación interpuesto por la parte demandante y, a su vez, declarar con lugar el recurso de casación presentado por la parte demandada, anulando la sentencia del Juzgado Superior Tercero del Trabajo. La decisión se basa en la consideración de que la trabajadora, Lumey Albertina Alcántara Pulvet, tenía derecho a ciertos incrementos salariales y beneficios laborales que no fueron debidamente aplicados por la empresa demandada, C.A. Metro de Caracas, en el marco de su relación laboral como trabajadora de confianza.

Extracto de la motiva

La Sala observa que la demandante, Lumey Albertina Alcántara Pulvet, se desempeñó como Consultor de Recursos Humanos Senior y que, a pesar de su condición de trabajadora de confianza, la empresa extendió a su categoría los incrementos salariales establecidos en la Convención Colectiva de Trabajo. Se establece que la fecha de terminación del vínculo laboral fue el 9 de agosto de 2010, y no el 9 de marzo de 2010, como alegó la empresa. La Sala concluye que la trabajadora tiene derecho a recibir los incrementos salariales correspondientes a los períodos establecidos en la Convención Colectiva, así como a las indemnizaciones por terminación del vínculo laboral, dado que su incapacidad fue la causa de la extinción de la relación laboral.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: HOMOLOGA el desistimiento del recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandante, contra la decisión de fecha 2 de julio de 2012, dictada por el Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas; SEGUNDO: CON LUGAR el recurso de casación interpuesto por la parte demandada, contra ese mismo fallo; en consecuencia, TERCERO: NULA la sentencia antes identificada; y CUARTO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por la ciudadana Lumey Albertina Alcántara Pulvet, contra la sociedad mercantil C.A. Metro de Caracas.

Palabras clave

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