Sentencia N° 744 — Sala de Casación Social del TSJ, 4 de julio de 2012
TSJ/SCS, Sent. N° 0744, Exp. 12-023, 04/07/2012
Expediente12-023
PonenteCarmen Elvigia Porras de Roa
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2012-07-04
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 4 de julio de 2012, declaró sin lugar el recurso de apelación interpuesto por Cargill de Venezuela, S.R.L. contra la sentencia del Tribunal Superior Segundo del Circuito Judicial Laboral de Aragua, que había declarado improcedente la medida cautelar de suspensión de efectos de un acto administrativo sancionador. La Sala argumentó que la parte recurrente no cumplió con los requisitos de 'fumus boni iuris' y 'periculum in mora' necesarios para la procedencia de la medida cautelar solicitada.
Extracto de la motiva
La parte recurrente argumentó que el acto administrativo impugnado fue dictado por un órgano incompetente y que la sanción impuesta carecía de motivación adecuada. Sin embargo, la Sala concluyó que la parte actora no demostró la existencia de un riesgo manifiesto que justificara la suspensión de los efectos del acto administrativo, lo que llevó a desestimar el recurso de apelación. La decisión se fundamentó en la falta de cumplimiento de los requisitos legales para la procedencia de la medida cautelar solicitada.
Dispositiva
En mérito de las consideraciones anteriores, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara 1) SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la sociedad mercantil Cargill de Venezuela, S.R.L., contra la sentencia interlocutoria publicada por el Tribunal Superior Segundo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en fecha 24 de noviembre de 2011; 2) FIRME el fallo recurrido.
Palabras clave
nulidadmedida cautelarsanción administrativacompetenciafumus boni iurispericulum in mora