Sentencia N° 737 — Sala de Casación Social del TSJ, 1 de julio de 2005
TSJ/SCS, Sent. N° 0737, Exp. 05-454, 01/07/2005
Expediente05-454
PonenteLuis Eduardo Franceschi Gutiérrez
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la Legalidad
Fecha de la decisión2005-07-01
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 1 de julio de 2005, declaró inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por el demandante Adán Eslava contra la sentencia del Juzgado Superior Primero del Trabajo del Estado Zulia. La decisión se fundamenta en que el recurso no se ajusta a los fines establecidos por la ley, ya que no se evidenció violación de normas de orden público ni de la doctrina jurisprudencial de la Sala.
Extracto de la motiva
El artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, establece el Control de la Legalidad, como la vía recursiva para impugnar ante la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, aquellas decisiones emanadas de los Tribunales Superiores del Trabajo que no sean recurribles en Casación y que violenten o amenacen con violentar las normas de orden público y/o cuando la sentencia recurrida sea contraria a la reiterada doctrina de esta Sala, ello, a fin de restablecer el orden jurídico infringido. Asimismo, se encuentra limitada la oportunidad para interponer el referido recurso, a un lapso preclusivo de cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha en que sea publicada la sentencia sujeta a revisión, y a través de escrito, el cual no podrá exceder de tres (3) folios útiles y sus vueltos, pues tal inobservancia acarrearía la inadmisibilidad de éste. En ese orden, verificado el cumplimiento de los requisitos técnicos-formales exigidos sub iudice, pasa esta Sala de Casación Social a analizar los elementos sustanciales de admisibilidad, observando: En el caso concreto, expone el denunciante que en el fallo recurrido se violaron normas que son de orden público por mandato del artículo 10 de la Ley Orgánica del Trabajo, específicamente aquellas contenidas en los artículos 60 y 672 de la mencionada Ley, conculcando con ello el principio de conservación de la condición laboral más favorable, el principio in dubio pro operario y la regla de la norma más favorable o principio de favor contenidos en el artículo 8 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la representación judicial de la parte demandante, contra la sentencia de fecha 31 de enero de 2005, emanada del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. No hay expresa condenatoria en costas del recurso, dada la naturaleza de la presente decisión.
Palabras clave
control de la legalidadinadmisionprestaciones socialesviolacion de normastrabajojurisprudenciarecursosentencia