Sentencia N° 714 — Sala de Casación Social del TSJ, 28 de mayo de 2014

TSJ/SCS, Sent. N° 0714, Exp. 12-043, 28/05/2014
Expediente12-043
PonenteSONIA COROMOTO ARIAS PALACIOS
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2014-05-28
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 28 de mayo de 2014, declaró sin lugar el recurso de casación interpuesto por la parte demandada, confirmando el fallo del Juzgado Cuarto Superior del Trabajo que había declarado parcialmente con lugar la demanda de cobro de prestaciones sociales. La Sala analizó las denuncias de inmotivación e incongruencia, concluyendo que la recurrida sí se pronunció sobre los hechos alegados y que no incurrió en los vicios denunciados por la parte demandada.

Extracto de la motiva

La motivación, ha dicho el Tribunal Supremo, debe estar constituida por las razones de hecho y de derecho que dan los jueces como fundamento del dispositivo. Las primeras están formadas por el establecimiento de los hechos con ajustamiento a las pruebas que los demuestran; y las segundas, la aplicación a éstas de los preceptos legales y los principios doctrinarios atinentes. La inmotivación, por el contrario, es el vicio que provoca la omisión de uno de los requisitos esenciales de la sentencia, que impone el artículo 243 ordinal 4º del Código de Procedimiento Civil, cuando ordena que todo fallo debe contener los motivos de hecho y de derecho de la decisión. Igualmente ha establecido este Tribunal, conforme a su doctrina pacífica y reiterada, que la inmotivación consiste en la falta absoluta de fundamentos; que los motivos exiguos o escasos, o la motivación errada no configura el vicio de falta de motivación.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley declara, PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por la parte demandada contra la sentencia dictada el 23 de noviembre de 2011, por el Juzgado Cuarto Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas; y, SEGUNDO: Se confirma el fallo recurrido. Se condena en costas del recurso a la parte demandada recurrente, en conformidad con lo previsto en el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Palabras clave

cobro de prestaciones socialesrecurso de casacióninmotivaciónincongruenciarelación laboral

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