Sentencia N° 689 — Sala de Casación Social del TSJ, 5 de abril de 2006

TSJ/SCS, Sent. N° 0689, Exp. 05-1459, 05/04/2006
Expediente05-1459
PonenteLUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2006-04-05
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, declaró sin lugar el recurso de casación interpuesto por el demandante, JOSÉ FRANCISCO ARIAS VELÁSQUEZ, contra la sentencia del Juzgado Superior Segundo del Trabajo del Estado Zulia. La controversia se centró en la continuidad de la relación laboral y la prescripción de la acción para reclamar derechos laborales. La Sala determinó que existieron dos relaciones laborales distintas y que la prescripción de la acción había operado, dado que la demanda fue interpuesta más de un año después de la finalización de la primera relación laboral.

Extracto de la motiva

La Sala observa que el juzgador de alzada consideró que para poder determinar si había operado la prescripción opuesta por la demandada, era necesario dilucidar lo relativo a la continuidad de la relación de trabajo, y que la carga de demostrar la discontinuidad de la misma, correspondía a la demandada. Asimismo, después de examinar las pruebas promovidas por las partes, evidenció que existieron dos períodos de trabajo, a saber, desde el 24 de enero de 1979 hasta el 21 de diciembre de 2001, y desde el 22 de mayo de 2002 hasta el 11 de diciembre de 2002, iniciando el segundo de ellos después de cinco meses y un día. A continuación, constató el transcurso de un año, un mes y dos días desde la finalización de la primera de dichas relaciones de trabajo y la interposición de la demanda, por lo que declaró la prescripción de la acción respecto de los derechos derivados de esa relación.

Dispositiva

Por las razones anteriores, la Sala desestima la denuncia bajo examen, y así se establece. Este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por el demandante, contra la sentencia de fecha 11 de julio de 2005, emanada del Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza de este fallo.

Palabras clave

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