Sentencia N° 649 — Sala de Casación Social del TSJ, 28 de mayo de 2014
TSJ/SCS, Sent. N° 0649, Exp. 13-214, 28/05/2014
Expediente13-214
PonenteLUIS EDUARDO FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2014-05-28
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su fallo del 28 de mayo de 2014, declaró sin lugar los recursos de casación interpuestos por ambas partes en un proceso de cobro de diferencias laborales. La decisión confirma la sentencia del Juzgado Cuarto Superior del Trabajo que había declarado sin lugar la apelación de la parte actora y confirmando la sentencia de primera instancia que había declarado parcialmente con lugar la demanda. La Sala argumentó que la interpretación de la cláusula de indemnización por terminación de la relación laboral fue correcta y que los requisitos para su aplicación no se cumplían en este caso.
Extracto de la motiva
Se desprende del escrito recursivo la denuncia de infracción por errónea interpretación en el contenido y alcance de la cláusula contractual N° 3 del Régimen de Beneficios para el Personal de Dirección y Confianza de la C.A. Metro de Caracas, al sostener la juzgadora de alzada la inaplicabilidad de la indemnización contractual establecida en la referida cláusula, equivalente a la prevista en el artículo 673 de la Ley Orgánica del Trabajo. Ha sido pacifica y reiterada la posición de la Sala de Casación Social al señalar que el vicio de errónea interpretación ocurre cuando el juez, aun reconociendo la existencia y validez de la norma que ha seleccionado, yerra en la determinación de su verdadero alcance general y abstracto, haciéndose derivar de ella consecuencias que no resultan de su contenido.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de casación ejercido por la parte actora, contra la sentencia de fecha 25 de septiembre de 2012, emanada del Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, SEGUNDO: SIN LUGAR el recurso de casación ejercido por la parte demandada, contra el fallo antes identificado, y TERCERO: se CONFIRMA la decisión recurrida.
Palabras clave
cobro de diferencias laboralesindemnizaciónrelación laboral