Sentencia N° 63 — Sala de Casación Social del TSJ, 5 de febrero de 2014
TSJ/SCS, Sent. N° 0063, Exp. 11-1292, 05/02/2014
Expediente11-1292
PonenteCARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2014-02-05
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia N° 0559, declaró con lugar el recurso de casación interpuesto por el ciudadano Henrique de la Coromoto Fernández Escobar contra el fallo del Juzgado Noveno Superior del Trabajo. La Sala anuló el fallo recurrido y parcialmente con lugar la demanda, considerando que el interés de mora debe aplicarse sobre todos los conceptos adeudados al trabajador, no solo sobre la prestación de antigüedad como había decidido el juez de alzada. Se ordenó el pago de las prestaciones sociales adeudadas y se estableció la forma de cálculo de los intereses correspondientes.
Extracto de la motiva
La falta de aplicación de una norma, se presenta cuando el sentenciador para la resolución del caso concreto, deja de aplicar una norma que esté vigente o aplique una norma que no lo esté. Las normas delatadas como infringidas establecen que el salario y las prestaciones sociales son créditos laborales de exigibilidad inmediata, de allí que toda mora en su pago genera intereses, los cuales constituyen deudas de valor y gozarán de los mismos privilegios y garantías de la deuda principal. Que en caso de que el demandado no cumpla voluntariamente con la sentencia, procederá el pago de intereses de mora sobre las cantidades condenadas; cuyo cálculo se efectuará conforme a la tasa establecida por el Banco Central de Venezuela para los intereses sobre prestaciones sociales y correrán desde la fecha del decreto de ejecución, hasta la oportunidad del pago efectivo; y que a falta de convenio en las obligaciones que tienen por objeto una cantidad de dinero, los daños y perjuicios resultantes del retardo en el cumplimiento consisten siempre en el pago del interés legal, salvo disposiciones especiales.
Dispositiva
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de casación interpuesto por la parte demandante, contra el fallo proferido por el Juzgado Noveno Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 21 de junio de 2011; SEGUNDO: ANULA el fallo recurrido; TERCERO: PARCIALMENTE con lugar la demanda.
Palabras clave
prestaciones socialesrecurso de casacióninterés de morasentencia laboral