Sentencia N° 606 — Sala de Casación Social del TSJ, 4 de junio de 2004
TSJ/SCS, Sent. N° 606, Exp. 04-056, 04/06/2004
Expediente04-056
PonenteALFONSO VALBUENA CORDERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2004-06-04
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en virtud del recurso de control de legalidad interpuesto por la parte demandada, declara con lugar el recurso y anula la decisión del Juzgado Primero Superior del Trabajo que había confirmado el fallo apelado. La Sala argumenta que se infringieron disposiciones constitucionales y legales al no permitir la evacuación de pruebas y al declarar la confesión ficta de la parte demandada por la falta de acreditación de su representación legal en la audiencia preliminar. Se ordena la reposición de la causa al estado procesal en que se fije día y hora para la realización de la audiencia preliminar.
Extracto de la motiva
La obligación que recae sobre cualquier profesional del derecho en comparecer a los actos fundamentales del proceso en cumplimiento de la representación que ostenta de las partes, indistintamente de la personalidad de las mismas, es decir, si se trata de personas naturales o jurídicas, y en el supuesto de éstas últimas, si son de derecho privado o público; es absoluta y calificada, constituyendo la inobservancia de tales deberes, una negligencia manifiesta al tenor del artículo 62 de la Ley de Abogados, el cual informa: 'A los efectos del artículo anterior, se entiende que hay negligencia manifiesta cuando el abogado, sin Justa causa, no concurre a la contestación de la demanda, no promueve pruebas cuando se le han suministrado oportunamente los datos y elementos necesarios o si por su culpa queda desierto algún acto, se dicta y ejecuta alguna providencia que cause gravamen irreparable a su representado o no hace valer las defensas legales que el Juez no puede suplir de oficio'.
Dispositiva
En virtud de las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el recurso de control de la legalidad intentado por la parte demandada, contra la sentencia dictada en fecha 16 de diciembre del año 2003 por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta. En consecuencia, se anula la decisión recurrida y se ordena la REPOSICIÓN DE LA CAUSA al estado procesal en que se fije día y hora para la realización de la audiencia preliminar por ante el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta.
Palabras clave
cobro de prestacionesaudiencia preliminarconfesión fictarepresentación legalcontrol de legalidadincomparecenciaantigüedad laboral