Sentencia N° 581 — Sala de Casación Social del TSJ, 14 de mayo de 2014
TSJ/SCS, Sent. N° 0581, Exp. 14-344, 14/05/2014
Expediente14-344
PonenteSONIA COROMOTO ARIAS PALACIOS
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2014-05-14
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada en un juicio por cobro de prestaciones sociales. La decisión recurrida fue confirmada, ya que no se encontraron violaciones a normas de orden público que transgredieran el Estado de Derecho. La Sala destacó que la admisibilidad del recurso es restringida y se limita a situaciones donde se evidencien violaciones categóricas del orden legal establecido.
Extracto de la motiva
Denuncia el recurrente, que la recurrida violó por falta de aplicación los 675 artículos de la Ley Orgánica del Trabajo, vigente desde el 19 de junio de 1997 hasta el 6 de mayo de 2012, debido a que en ninguno de sus 675 artículos se menciona ni se establece el concepto de grupo de empresas; de igual forma denuncia la violación de los artículos 21 y 22 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo vigente desde el 28 de abril de 2006 hasta la presente fecha, pues, sí la Ley Orgánica del Trabajo vigente en junio de 1997, no estableció el concepto de empresas, su reglamento de fecha 28 de abril de 2006, conforme a lo ordenado por el numeral 10 del artículo 236 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, no puede alterar su propósito o razón por cuanto en ninguno de los artículos de la Ley Orgánica del Trabajo, se menciona el concepto de grupo de empresas, en consecuencia al aplicar la recurrida los artículos 21 y 22 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, a las empresas demandadas productora de Moda 2000 C.A., y Grupo Tango 712 C.A., violó por indebida aplicación esta normativa, así como vulneró por falta de aplicación la Ley Orgánica del Trabajo, vigente a partir del 19 de junio de 1997.
Dispositiva
Por las razones mencionadas, con base en los criterios que fundamentan la presente decisión, se declara inadmisible el recurso de control de la legalidad. Así se decide.
Palabras clave
control de legalidadrecursostrabajojurisprudenciaadmisibilidad