Sentencia N° 570 — Sala de Casación Social del TSJ, 5 de junio de 2012
TSJ/SCS, Sent. N° 0570, Exp. 11-1462, 05/06/2012
Expediente11-1462
PonenteLUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2012-06-05
DecisiónInadmisible
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, declara inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por la ciudadana Francis Janette Viloria Rojas contra la sentencia del Juzgado Superior Primero del Trabajo. La recurrente alegó vicios en la decisión de alzada, argumentando inmotivación y falta de consideración de pruebas que, según ella, demostrarían un despido injustificado. Sin embargo, el Tribunal concluyó que la decisión impugnada se ajusta a derecho y no se evidenció violación de normas de orden público.
Extracto de la motiva
El artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo establece el control de la legalidad como la vía recursiva para impugnar ante la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, aquellas decisiones emanadas de los Tribunales Superiores del Trabajo que no sean recurribles en casación y que violenten o amenacen con violentar normas de orden público, ello, a fin de restablecer el orden jurídico infringido. Asimismo, la oportunidad para interponer el referido recurso se encuentra limitada a un lapso preclusivo de cinco (5) días hábiles, una vez vencido el lapso que otorga la ley para la publicación de la sentencia in extenso, conteste con el artículo 165 eiusdem y el criterio establecido en sentencia N° 569 del 29 de abril de 2008 (caso: Maritza Margarita Antequera Nelo contra Promotora Milenium, C.A.); y deberá hacerse a través de escrito, el cual no podrá exceder de tres (3) folios útiles y sus vueltos, pues tal inobservancia acarrearía la inadmisibilidad de éste. En ese orden, verificado el cumplimiento de los requisitos técnicos-formales señalados supra, pasa esta Sala de Casación Social a analizar los elementos sustanciales de admisibilidad, y a tal efecto observa: Denuncia la impugnante que la sentencia recurrida vulnera normas adjetivas laborales, específicamente, la contenida en el artículo 160 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con lo establecido en el artículo 168 ejusdem, en el entendido que se incurre en el vicio de inmotivación por silencio de prueba, toda vez que, si bien el juez de alzada señaló la existencia de las pruebas, se abstuvo de analizarlas y valorarlas. Afirma la recurrente, que de haber apreciado las documentales promovidas, habría determinado que no hubo causa ajena a la voluntad de las partes como motivo de la terminación de la relación laboral.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandante, contra la sentencia de fecha 2 de agosto de 2011, emanada del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. No hay expresa condenatoria en costas del recurso, dada la naturaleza de la presente decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial supra identificada. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen antes mencionado, de conformidad con lo establecido en el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Palabras clave
silencio de pruebadespido injustificadoliquidaciónintervenciónnormas laborales