Sentencia N° 56 — Sala de Casación Social del TSJ, 19 de febrero de 2016
TSJ/SCS, Sent. N° 056, Exp. 14-1148, 19/02/2016
Expediente14-1148
PonenteDANILO A. MOJICA MONSALVO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2016-02-19
DecisiónHOMOLOGADA
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la homologación de una transacción entre el ciudadano Juan Ramón Briceño Serrano y la empresa M.G.H. Protección Integral, C.A., en el contexto de una demanda por indemnización derivada de un accidente de trabajo. La decisión se basa en la voluntad de ambas partes de poner fin al litigio mediante concesiones recíprocas, cumpliendo con los requisitos legales establecidos en la Ley Orgánica del Trabajo.
Extracto de la motiva
Examinado el documento, se evidencia que el ex trabajador actuó acompañado de su apoderada judicial, y la empresa codemandada, MGH Protección Integral, C.A., a través de su representante judicial debidamente constituido y facultado para celebrar el presente contrato, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 154 del Código de Procedimiento Civil –aplicable por remisión del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo–, tal como se patentiza del instrumento poder que corre inserto en la pieza 3 del expediente (vid. folio 31 al 32), y que fue acompañado conjuntamente con el documento contentivo de transacción, cumpliéndose así con la garantía constitucional de asistencia debida en el proceso. Igualmente, el contrato se encuentra circunstanciado en cuanto a la motivación de la transacción y los derechos en ella comprendidos los cuales se adecuan a los derechos y conceptos reclamados en el escrito libelar, quedando de manifiesto que se actuó en forma voluntaria y sin constreñimiento alguno, en consecuencia, se acuerda concederle la homologación a la declaración de voluntad presentada en este caso y el pase en autoridad de cosa juzgada. Así se decide.
Dispositiva
En virtud de lo precedentemente expuesto, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara: HOMOLOGADA la transacción celebrada entre el ciudadano JUAN RAMÓN BRICEÑO SERRANO y la empresa M.G.H. PROTECCIÓN INTEGRAL, C.A., en los mismos términos y condiciones en ella establecidos, pasándola con autoridad de cosa juzgada. Publíquese, regístrese. No hay condenatoria en costas para las partes que suscriben la transacción homologada. Continúese con el trámite correspondiente al recurso de casación anunciado por la sociedad mercantil Protinal del Zulia, C.A.
Palabras clave
transaccióncosa juzgadalitigioresolución de conflictosLey Orgánica Procesal del Trabajo