Sentencia N° 542 — Sala de Casación Social del TSJ, 8 de mayo de 2014

TSJ/SCS, Sent. N° 0542, Exp. 12-897, 08/05/2014
Expediente12-897
PonenteCARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2014-05-08
DecisiónPARCIALMENTE CON LUGAR

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en virtud del recurso de casación interpuesto por la parte demandada, declara con lugar el recurso y anula la sentencia recurrida. Se establece que la parte actora no demostró que efectivamente hubiese laborado las horas extraordinarias reclamadas, por lo que se considera improcedente dicho pedimento. Sin embargo, se declara procedente el pago de utilidades y bonificación especial por antigüedad, ordenando la realización de experticias complementarias para determinar los montos correspondientes.

Extracto de la motiva

El vicio de falsa aplicación de norma jurídica consiste en la incorrecta elección que realiza el Juez de la norma jurídica aplicable para resolver la controversia, es decir, la falsa relación entre el supuesto de hecho del caso concreto y la norma jurídica escogida. Sin embargo, de los alegatos formulados por el formalizante, se pudo inferir que el vicio denunciado no se corresponde con la falsa aplicación de norma jurídica, sino la errónea interpretación en la consecuencia jurídica, que conduce a que si bien la norma aplicada es la destinada a regir la situación resuelta, aquella ha sido mal interpretada, y así será resuelto por esta Sala de Casación Social.

Dispositiva

En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: 1) CON LUGAR el recurso de casación interpuesto por la empresa demandada contra la sentencia dictada por el Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en fecha 21 de mayo de 2012; 2) ANULA el fallo recurrido; 3) En atención a lo dispuesto en el artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la Sala desciende al estudio de las actas del expediente y declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda.

Palabras clave

cobro de prestaciones socialesrecurso de casaciónhoras extraordinariasutilidadesbonificación especial

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