Sentencia N° 510 — Sala de Casación Social del TSJ, 24 de mayo de 2012
TSJ/SCS, Sent. N° 0510, Exp. 11-1215, 24/05/2012
Expediente11-1215
PonenteCarmen Elvigia Porras de Roa
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de Legalidad
Fecha de la decisión2012-05-24
DecisiónCon Lugar, Anula la sentencia recurrida, Parcialmente Con Lugar la demanda
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia N° 1555, se pronunció sobre el recurso de control de legalidad interpuesto por la parte demandada, Cimientos BYA, S.A., contra la sentencia del Juzgado Octavo Superior del Trabajo. La Sala determinó que la relación laboral entre el demandante, José Segundo Guerrero García, y la demandada estaba regida por un contrato para obra determinada, el cual culminó el 30 de enero de 2009, y que el despido del trabajador fue injustificado, por lo que le corresponde el pago de salarios caídos y otras prestaciones laborales. La Sala anuló la sentencia recurrida y declaró parcialmente con lugar la demanda, ordenando el pago de los conceptos reclamados por el trabajador.
Extracto de la motiva
La Sala para decidir observa: La recurrida declaró respecto a los argumentos expuestos por la demandada, lo siguiente: En el caso que nos ocupa, la relación laboral que existió entre las partes estaba regida por un contrato de trabajo para una obra determinada que cumple con las exigencias que establece el artículo 75 de la Ley Orgánica del Trabajo, derivado del contrato que mantenía la demandada con la empresa CIMENTOS BYA S.A., según consta de contrato de obra que corre inserto a los autos, el cual señala que tendrá una vigencia desde el 04/06/2007 hasta se termine la obra total o parcialmente y, por cuanto los trabajos de dicha obra concluyeron, mal puede inferirse que la causa de terminación de la relación laboral haya sido por despido y mucho menos injustificado, en consecuencia quien decide determina que la relación que vinculó a las partes es de naturaleza contractual a tiempo determinado y finalizó por la culminación de la obra para la cual se vincularon. Así se decide. Visto lo anterior, y en base al principio cuantum (sic) apelatium (sic) cuantum (sic) devolutio (sic), quien decide pasa de seguidas a establecer la procedencia de los conceptos reclamados, estableciendo como hecho cierto que la relación laboral contractual a tiempo determinado entre el ciudadano JOSE SEGUNDO GUERRERO GARCIA y la empresa CIMIENTOS BYA S.A, se inició desde el 04/06/2007 hasta el 07/12/2008. Así se establece.
Dispositiva
En mérito de las consideraciones anteriores, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: 1) CON LUGAR el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada, contra la sentencia publicada por el Juzgado Octavo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 22 de julio de 2011; 2) ANULA la sentencia recurrida; y, 3) PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda.
Palabras clave
Control de LegalidadDespido InjustificadoSalarios CaídosContrato de TrabajoObra Determinada