Sentencia N° 504 — Sala de Casación Social del TSJ, 17 de mayo de 2005

TSJ/SCS, Sent. N° 0504, Exp. 04-1626, 17/05/2005
Expediente04-1626
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2005-05-17
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en virtud de los razonamientos expuestos, declara SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por el abogado Víctor Manuel Serrano Prato en representación de FREDIS GREGORIO TORCATES, contra la sentencia dictada por el Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. La decisión confirma el fallo del Juzgado de Primera Instancia que había declarado sin lugar la apelación interpuesta por la parte demandante. Se condena en costas a la parte recurrente de conformidad con la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Extracto de la motiva

La Sala observa que el artículo 1.372 del Código Civil establece que una parte no puede requerir la presentación de una carta dirigida a un tercero por algunos de los interesados en juicio, si éste y el autor de la carta no presentan su consentimiento. En efecto, la parte demandante no solicitó o requirió la mencionada comunicación, sino que la promovió como documental, ello evidencia que efectivamente el Juez de la Alzada erró al aplicar la norma, pues, el supuesto de hecho es distinto al allí previsto. Sin embargo, dicha comunicación no determina por sí misma la condición de trabajador del actor, constituyendo sólo un indicio. Además, tampoco fue determinante para la decisión, por lo que resulta incierta la afirmación del recurrente, en el sentido que la no aplicación de la norma habría demostrado el carácter de empleado de su mandante, motivo suficiente para desechar esta denuncia. Así se decide.

Dispositiva

En virtud de los razonamientos antes expuestos, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de casación anunciado y formalizado por el abogado Víctor Manuel Serrano Prato, actuando en representación del ciudadano FREDIS GREGORIO TORCATES, contra la sentencia dictada por el Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en fecha 11 de octubre de 2004. En consecuencia, se CONFIRMA el referido fallo. Se condena en costas a la parte recurrente de conformidad con el artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

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