Sentencia N° 497 — Sala de Casación Social del TSJ, 12 de junio de 2017
TSJ/SCS, Sent. N° 0497, Exp. 16-277, 12/06/2017
Expediente16-277
PonenteEDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2017-06-12
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en ponencia del Magistrado Edgar Gavidia Rodríguez, decidió con lugar el recurso de control de la legalidad interpuesto por Banesco Banco Universal, C.A., anulando la sentencia del Juzgado Tercero Superior del Trabajo. La Sala determinó que existía responsabilidad solidaria entre Banesco y Grupo Advisor Consulting 74, C.A., debido a la naturaleza de la actividad laboral del demandante, quien prestó servicios en la sede de Banesco. Se condenó a Grupo Advisor Consulting 74, C.A. al pago de las prestaciones sociales adeudadas al demandante.
Extracto de la motiva
En el presente caso, considera la Sala necesario transcribir el contenido de la formalización presentada, en los siguientes términos: En el caso bajo estudio, delata la parte recurrente la infracción de los artículos 72 y 123 (rectius 135) de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, por parte de la recurrida, al no distribuir correctamente la carga de la prueba, en razón que a diferencia de las contratistas de hidrocarburos, en el caso de autos no existe presunción legal de inherencia o conexidad, y como consecuencia de ello, yerra en la interpretación del artículo 50 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras, en virtud que la habitualidad de la empresa contratada debe ser de tal magnitud que constituya para ella su mayor fuente de ingreso y en el presente caso la parte demandada señala en su contestación a la demanda, que los negocios con la entidad Banesco Banco Universal C.A., no constituyen su mayor fuente de ingresos, circunstancia que se corrobora del informe emanado del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT). De igual forma, denuncia la violación del criterio reiterado de esta Sala de Casación Social específicamente los emanados de las sentencias n° 1.364 del 25 de mayo de 2010 (caso: Elvis Samir Camacho contra la Compañía Brahma de Venezuela) y n° 1.263 del 17 de noviembre de 2011 (caso: Freddy Miguel Lugo y otros contra las sociedades mercantiles Veconsa C.A., Corarfa C.A. y Vopak Venezuela S.A.), en materia de responsabilidad solidaria por inherencia o conexidad, por lo que, considera que la decisión impugnada es contraria a derecho por la vulneración del artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de control de la legalidad propuesto por la sociedad mercantil Banesco Banco Universal C.A. SEGUNDO: ANULA el fallo dictado por el Juzgado Tercero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, el 15 de enero de 2016. TERCERO: CON LUGAR la falta de cualidad opuesta por la entidad financiera Banesco Banco Universal, C.A. CUARTO: CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano Luis Oswaldo Sosa González, contra la sociedad mercantil Grupo Advisor Consulting 74, C.A. QUINTO: DESISTIDO el recurso de control de la legalidad interpuesto por el Grupo Advisor Consulting 74, C.A.
Palabras clave
prestaciones socialesresponsabilidad solidariacontrol de la legalidad