Sentencia N° 444 — Sala de Casación Social del TSJ, 26 de abril de 2016
TSJ/SCS, Sent. N° 0444, Exp. 15-123, 03/05/2016
Expediente15-123
PonenteDANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2016-04-26
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 26 de abril de 2016, declaró sin lugar el recurso de casación interpuesto por la parte actora, Zoraida Zerpa Urbina, contra la sentencia del Juzgado Sexto Superior del Trabajo. La Sala confirmó el fallo apelado que había declarado sin lugar la demanda de prestaciones sociales, argumentando que la carga de la prueba recaía sobre la demandada, quien no logró desvirtuar la relación laboral alegada por la actora.
La Sala observó que la juzgadora de alzada aplicó correctamente el principio in dubio pro operario y la carga de la prueba, al considerar que la demandada debía demostrar la naturaleza de la relación laboral. Se concluyó que la sentenciadora no incurrió en infracción de normas, ya que valoró adecuadamente las pruebas presentadas y no obvió los hechos relevantes del caso.
Finalmente, se declaró improcedente el recurso de casación, confirmando la decisión del juzgado inferior y sin condenatoria en costas, dada la naturaleza de la decisión.
Extracto de la motiva
La Sala observa que la formalizante denuncia la infracción por la juzgadora de la recurrida del artículo 65 de la Ley Orgánica del Trabajo, así como de los artículos 9 y 72 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, referidos a la carga de la prueba y al principio in dubio pro operario, al considerar que contrario a lo establecido en el fallo impugnado, no le correspondía a la trabajadora demostrar que prestaba sus servicios en el horario de dos a cinco de la tarde, sino a la demandada, por inversión de la carga de la prueba, por cuanto ésta admitió la prestación personal del servicio por parte de la actora, correspondiéndole a la demandada desvirtuar la relación laboral y probar que era de otra naturaleza, y que en todo caso, ante la duda, la Juez debió aplicar la norma que más favorece a la trabajadora.
Dispositiva
PRIMERO: Declara SIN LUGAR el recurso de casación formalizado por la apoderada judicial de la parte actora, contra la sentencia de fecha 18 de diciembre del año 2014, emanada del Juzgado Superior Sexto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: CONFIRMA el fallo recurrido que declaró sin lugar la demanda.
Palabras clave
prestaciones socialescarga de la pruebarelación laboral