Sentencia N° 443 — Sala de Casación Social del TSJ, 15 de marzo de 2007
TSJ/SCS, Sent. N° 0443, Exp. 05-2036, 15/03/2007
Expediente05-2036
PonenteLuis E. Franceschi Gutiérrez
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de Legalidad
Fecha de la decisión2007-03-15
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible el recurso de control de legalidad interpuesto por Zenaida Basanta Williams contra la sentencia del Juzgado Cuarto Superior del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo, que había confirmado la decisión de no lugar a la inclusión de alícuota de utilidades en la pensión de jubilación. La Sala argumenta que la decisión impugnada se ajusta a derecho y no se evidencia violación de normas de orden público ni de la doctrina jurisprudencial establecida.
Extracto de la motiva
El artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo establece el control de legalidad como la vía recursiva para impugnar ante la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, aquellas decisiones emanadas de los Tribunales Superiores del Trabajo que no sean recurribles en casación y que violenten o amenacen con violentar las normas de orden público y/o la reiterada doctrina jurisprudencial de esta Sala, ello, a fin de restablecer el orden jurídico infringido. Asimismo, se encuentra limitada la oportunidad para interponer el referido recurso, a un lapso preclusivo de cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha en que sea publicada la sentencia sujeta a revisión, y a través de escrito, el cual no podrá exceder los tres (3) folios útiles y sus vueltos, pues tal inobservancia acarrearía la inadmisibilidad de éste. En ese orden, verificado el cumplimiento de los requisitos técnicos-formales señalados supra, pasa esta Sala de Casación Social a analizar los elementos sustanciales de admisibilidad, y al respecto observa: Como fundamento del recurso, la parte impugnante señala que la recurrida viola lo establecido en el artículo 68 de la Ley Orgánica de Tribunales y de Procedimiento del Trabajo, el cual fue utilizado como base legal para dictar el fallo contra el cual se intenta el presente recurso, así como los artículos 159 y 160, numerales 1 y 3 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social (Accidental), administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandante, contra la sentencia de fecha 22 de noviembre de 2005, emanada del Juzgado Cuarto Superior del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. No hay expresa condenatoria en costas del recurso, dada la naturaleza de la presente decisión.
Palabras clave
control de legalidadpensión de jubilaciónutilidadessalario integralconvención colectivaderecho laboraljurisprudenciainadmisiibilidad