Sentencia N° 437 — Sala de Casación Social del TSJ, 10 de julio de 2003

TSJ/SCS, Sent. N° 437, Exp. 03-172, 10/07/2003
Expediente03-172
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2003-07-10
DecisiónPERECIDO

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, bajo la ponencia del Magistrado Omar Alfredo Mora Díaz, dictó sentencia en el recurso de casación interpuesto por Raúl Antonio Rodríguez Coronado contra la decisión del Juzgado Superior Primero en lo Civil, que había declarado sin lugar la apelación por diferencias de prestaciones sociales. La Sala consideró que el recurso de casación había perecido debido a la falta de cumplimiento de formalidades esenciales en el escrito de formalización, lo que impidió conocer del presente recurso. Se declaró la nulidad del fallo recurrido, sin condenatoria en costas.

Extracto de la motiva

El recurso de casación es un medio de impugnación extraordinario mediante el cual se persigue la nulidad de un fallo, en virtud de que el mismo adolece de vicios que fueron determinantes en la sentencia dictada, y que han producido una insatisfacción e inseguridad jurídica tal, que hacen necesaria la intervención de este Tribunal Supremo de Justicia, con el fin de evitar la violación al marco jurídico establecido. Al proponerse dicho recurso extraordinario, se deben cumplir ciertos requisitos para presentar el escrito de formalización. Tales requerimientos comprenden una adecuada técnica casacional para formalizar el recurso, de manera que lo explanado por el recurrente sea diáfano, conciso, concreto y cumpla con los requerimientos que establece la ley para explicar en base a qué norma y por qué la sentencia impugnada adolece de vicios capaces de anularla.

Dispositiva

En virtud de las consideraciones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PERECIDO el recurso de casación interpuesto por el abogado Esteban Ramón Quintero, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano RAÚL ANTONIO RODRÍGUEZ CORONADO, en contra de la sentencia dictada por el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira de fecha 20 de diciembre de 2002. Dada la naturaleza del recurrente, no hay condenatoria en costas.

Palabras clave

recurso de casacionprestaciones socialesderecho a la defensadebido procesosolidaridadincongruenciaCódigo de Procedimiento CivilLey Orgánica del Trabajo

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