Sentencia N° 406 — Sala de Casación Social del TSJ, 5 de mayo de 2005
TSJ/SCS, Sent. N° 0406, Exp. 04-1540, 05/05/2005
Expediente04-1540
PonenteALFONSO VALBUENA CORDERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2005-05-05
DecisiónParcialmente Con Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia N° 406, declara parcialmente con lugar la demanda interpuesta por el ciudadano Euclides Rafael Ugas Brito contra la sociedad C.A. Venezolana de Guías, en relación a diferencias en prestaciones sociales y otros derechos laborales. Se establece que la parte demandada debe pagar al actor las diferencias correspondientes a los años 1997 a 2003, derivadas de la inclusión del Plan Especial de Ahorro en la base de cálculo de las prestaciones. Además, se ordena la realización de una experticia complementaria para determinar los montos exactos a pagar por concepto de días de descanso y feriados no considerados en el cálculo de su salario.
Extracto de la motiva
La Sala considera que el porcentaje del 20% del salario que era denominado como Fideicomiso de Ahorro, tiene naturaleza salarial y por tanto debe ser tomado en cuenta para el cálculo de todas las indemnizaciones laborales que por derecho corresponden al trabajador. Así se decide. Finalmente y con base a lo establecido precedentemente, se acuerdo recalcular los conceptos de vacaciones, bono vacacional, utilidades y prestaciones sociales de los años 1997, 1998, 1999, 2000, 2001 y 2002, vacaciones y bono vacacional hasta el año 2003, así como las indemnizaciones del artículo 125 de la Ley Orgánica del Trabajo.
Dispositiva
1° PERECIDO el recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandada contra el fallo dictado por el Juzgado Primero Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 29 de septiembre del año 2004. En consecuencia, se condena en costas a la parte accionada, de conformidad con lo establecido en el artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; 2° SIN LUGAR el recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandante contra la referida sentencia. En consecuencia, se anula la decisión recurrida y se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda y se condena a la accionada a pagar al actor lo siguiente: 1) La diferencia en prestaciones sociales, vacaciones, bono vacacional y utilidades correspondientes a los años 1.997 al 2.003, ambos inclusive, derivadas de la inclusión de parte del Plan Especial de Ahorro o Fideicomiso de Ahorro en la base de cálculo, lo cual deberá ser calculado mediante experticia complementaria del fallo.
Palabras clave
prestaciones socialesfideicomiso de ahorrorecurso de casaciónderechos laboralessalarioindemnizaciónexperiencia laboral