Sentencia N° 405 — Sala de Casación Social del TSJ, 26 de abril de 2016

TSJ/SCS, Sent. N° 0405, Exp. 14-797, 26/04/2016
Expediente14-797
PonenteMARJORIE CALDERÓN GUERRERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2016-04-26
DecisiónHOMOLOGA la transacción celebrada

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre una demanda por cobro de diferencias de prestaciones sociales presentada por Paola Vanessa Alfonzo Liota contra la empresa Sanofi-Aventis de Venezuela, S.A. La parte demandante solicitó la homologación de un acuerdo transaccional alcanzado entre las partes, donde la demandada ofreció un pago por los conceptos demandados. La Sala verificó el cumplimiento de los requisitos legales para la homologación de la transacción.

Extracto de la motiva

Examinado el documento, se evidencia que la ex trabajadora actuó a través de apoderado judicial, con poder debidamente otorgado para ello (vid. folio 20, pieza 1), y la parte demandada a través de su representante judicial debidamente constituida y facultada para celebrar el presente contrato, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 154 del Código de Procedimiento Civil –aplicable por remisión del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo–, tal como se patentiza del instrumento poder que corre inserto del folio 40 al 43 en la pieza 1 del expediente, cumpliéndose así con la garantía constitucional de asistencia debida en el proceso. Asimismo, el contrato se encuentra circunstanciado en cuanto a la motivación de la transacción y los derechos en ella comprendidos los cuales se adecuan a los derechos y conceptos reclamados en el escrito libelar, observándose que se actuó en forma voluntaria y sin constreñimiento alguno, en consecuencia, se acuerda concederle la homologación a la declaración de voluntad presentada en este caso y el pase en autoridad de cosa juzgada. Así se decide.

Dispositiva

HOMOLOGA la transacción celebrada entre la ciudadana PAOLA VANESSA ALFONZO LIOTA y la sociedad mercantil SANOFI-AVENTIS DE VENEZUELA, S.A, en los mismos términos y condiciones en ella establecidos, pasándola con autoridad de cosa juzgada.

Palabras clave

transaccióncosa juzgadaresolución de conflictosderechos laboraleshomologación

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