Sentencia N° 4 — Sala de Casación Social del TSJ, 17 de enero de 2006
TSJ/SCS, Sent. N° 0004, Exp. 04-1753, 17/01/2006
Expediente04-1753
PonenteALFONSO VALBUENA CORDERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2006-01-17
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 17 de enero de 2006, declaró sin lugar el recurso de casación interpuesto por los demandantes, quienes buscaban la revocación de una sentencia del Tribunal Superior Primero del Trabajo que había confirmado la decisión de no lugar a la demanda por cobro de prestaciones sociales. La Sala argumentó que la recurrida no incurrió en falta de aplicación de normas laborales y que la relación entre los demandantes y la empresa demandada no era de carácter laboral, sino mercantil, lo que desvirtuaba la pretensión de los actores.
Extracto de la motiva
La Sala observa que el formalizante denuncia la falta de aplicación del artículo 89 numeral 1 de la Constitución Nacional, en concordancia con el artículo 8° del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, cuando al establecer los hechos, desconoce de manera manifiesta y grave el principio constitucional de la preeminencia de la realidad sobre las formas. En este sentido, continúa aduciendo que dicho principio fue violentado, cuando la recurrida estableció que no existía el elemento de subordinación, indispensable para calificar la relación como de naturaleza laboral, con fundamento a los recaudos aportados por la demandada, específicamente, del documento de la firma personal, el contrato de concesión, el contrato de comodato, la correspondencia fechada el 1° de julio de 1.992, el informe del S.E.N.I.A.T., y de la prueba de testigos. La doctrina ha señalado que uno de los supuestos que sustenta el vicio de inmotivación por silencio de pruebas es el hecho de que la recurrida omita de manera total o parcial el análisis sobre una o todas las pruebas promovidas, por lo que en este sentido, los jueces tienen el deber impretermitible de examinar cuantas pruebas se han aportado a los autos para de esta manera no incurrir en la violación de la regla general sobre el examen de las pruebas previsto en el artículo 509 del Código de Procedimiento Civil, artículo éste aplicable al nuevo régimen laboral por remisión directa del artículo 11 de la Ley Orgánica del Trabajo.
Dispositiva
En virtud de las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de casación anunciado por la parte demandante contra la sentencia emanada del Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, con sede en la ciudad de Guanares, de fecha 25 de octubre del año 2005, reproducida el día 1° de noviembre del mismo mes y año. No hay condenatoria en costas.
Palabras clave
relación laboralsubordinaciónprestaciones socialesindemnizaciónrecurso de casaciónderecho laboralcontrato de concesiónprincipio de preeminencia