Sentencia N° 398 — Sala de Casación Social del TSJ, 11 de junio de 2015

TSJ/SCS, Sent. N° 0398, Exp. 14-312, 11/06/2015
Expediente14-312
PonenteCarmen Elvigia Porras de Roa
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2015-06-11
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del TSJ, en su decisión del 11 de junio de 2015, declaró con lugar el recurso de casación interpuesto por la parte demandada, anulando el fallo del Tribunal Superior Quinto del Trabajo que había declarado sin lugar el recurso de apelación. La sentencia aborda un caso de accidente laboral donde el demandante, Carlos Amado Ramírez Quintana, sufrió la amputación de tres dedos de la mano izquierda y reclamó indemnizaciones por daños materiales y morales, así como prestaciones sociales. La Sala determinó que la empresa demandada no cumplió con las normativas de seguridad laboral, lo que llevó a la ocurrencia del accidente, y estableció la responsabilidad del patrono en el caso.

Extracto de la motiva

La parte formalizante delata el error de juzgamiento, en el que a su decir, incurrió el juez de alzada, toda vez que correspondía a su representada demostrar entre otros aspectos, el quantum de los salarios y el pago de los conceptos demandados; no obstante, el ad quem inadvirtió los recibos de pago promovidos por la demandada y ordenó el pago de los conceptos reclamados conforme al salario alegado por el actor, esto es, la cantidad de doce mil cuatrocientos veintiocho bolívares con setenta céntimos (Bs. 12.428,70), tal como se desprende del escrito libelar que cursa a los folios 1 al 11 de la pieza 1. Por su parte, la sociedad mercantil Distribuidora Certima, C.A. en la oportunidad de dar contestación al fondo de la demanda, admitió que el trabajador prestó su servicio a la empresa a partir del día 2 de abril de 2010 hasta el 28 de julio de 2011, realizando toda clase de trabajo, definiéndolo como un “utiliti”, entre otras cosas depositaba y cobraba cheques, conducía vehículos, compraba y buscaba cosas que la empresa necesitara, barría y en general cualquier actividad que requiriera la empresa, siendo su último salario la cantidad de dos mil bolívares (Bs. 2.000,00) mensuales.

Dispositiva

En mérito de las consideraciones anteriores, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara: 1) CON LUGAR el recurso de casación interpuesto por la representación judicial de la parte demandada, la sociedad mercantil Distribuidora Certima, C.A. y el ciudadano Joaquin Da Maia Ferreira. 2) ANULA el fallo proferido por el Tribunal Superior Quinto del Trabajo del Circuito Judicial de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de fecha 30 de enero de 2014; 3) PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA.

Palabras clave

accidente laboralprestaciones socialesindemnizaciónresponsabilidad patronal

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