Sentencia N° 388 — Sala de Casación Social del TSJ, 8 de abril de 2008

TSJ/SCS, Sent. N° 0388, Exp. 07-1131, 08/04/2008
Expediente07-1131
PonenteJUAN RAFAEL PERDOMO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2008-04-08
DecisiónPARCIALMENTE CON LUGAR

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de casación interpuesto por las partes en un juicio de indemnización por accidente de trabajo. La sentencia del Juzgado Primero Superior había declarado parcialmente con lugar las apelaciones y la demanda, lo que llevó a las partes a recurrir ante la Sala. La Sala, tras analizar las denuncias de infracción de normas, declaró improcedentes varias de ellas, pero finalmente decidió ratificar la sentencia recurrida en su totalidad, salvo en lo relacionado con el pago y la corrección monetaria, que se ajustó conforme a la ley.

Extracto de la motiva

La Sala observa: El artículo 21 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, en su Parágrafo Segundo, establece que se presumirá, salvo prueba en contrario, la existencia de un grupo de empresas cuando: a) Existiere relación de dominio accionario de unas personas jurídicas sobre otras, o cuando los accionistas con poder decisorio fueren comunes; b) Las juntas administradoras u órganos de dirección involucrados estuvieren conformados, en proporción significativa, por las mismas personas; c) utilizaren una idéntica denominación, marca o emblema; o d) Desarrollen en conjunto actividades que evidenciaren su integración. De la recurrida se desprende que la actora no demostró por ningún medio que exista una unidad económica ni ninguna de las situaciones descritas en el artículo arriba mencionado, tampoco logró demostrar que los ciudadanos Sergio y Antonio Forgioni dirigían las empresas demandadas, la Sala pudo observar que en las copias aportadas por la actora específicamente el acta del asegurado entre otras pruebas, nombran únicamente a la sociedad mercantil Envasadora Tropical, por lo tanto se presume que el ciudadano Adalberto Núñez trabajaba para la mencionada empresa. Por las razones antes indicadas, se declara improcedente esta denuncia.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara: 1) SIN LUGAR el recurso de casación anunciado y formalizado por la parte actora; 2) CON LUGAR el recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandada contra la sentencia publicada el 14 de mayo de 2007, dictada por el Juzgado Primero Superior para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua; y, 3). PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda intentada por el ciudadano Adalberto Núñez Álvarez, contra las sociedades mercantiles Granja Vista Alegre, Granja Caribe, Granja Don Andrea y Envasadora Tropical, C.A.

Palabras clave

indemnizaciónaccidente de trabajorecurso de casacióngrupo de empresascarga de la pruebadaño moraljurisprudenciaobligaciones del empleador

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