Sentencia N° 369 — Sala de Casación Social del TSJ, 10 de mayo de 2018

TSJ/SCS, Sent. N° 0369, Exp. 17-582, 10/05/2018
Expediente17-582
PonenteMÓNICA GIOCONDA MISTICCHIO TORTORELLA
MateriaConstitucional
Tipo de recursoControl de legalidad
Fecha de la decisión2018-05-10
DecisiónInadmisible

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, Sala de Casación Social, se pronunció sobre un recurso de control de legalidad interpuesto por el demandante contra una decisión del Juzgado Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. La sentencia impugnada había declarado sin lugar la apelación del demandante y confirmado una decisión anterior que había declarado desistida la oposición a medidas preventivas solicitadas por la parte demandada. El Tribunal determinó que la decisión de alzada se ajustaba a derecho y no se evidenció violación de normas de orden público.

Extracto de la motiva

El artículo 490 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes prevé el control de la legalidad como la vía recursiva para impugnar ante la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, aquellas decisiones emanadas de los Tribunales Superiores de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes que no siendo recurribles en casación violenten o amenacen con violentar normas de orden público, a fin de restablecer el orden jurídico infringido. Asimismo, conforme a la aludida norma, la oportunidad para interponer el referido recurso se encuentra limitada a un lapso preclusivo de cinco (5) días hábiles, los cuales comenzarán a transcurrir una vez vencido el lapso que la ley otorga para buscar la verdad y después un nuevo juez obviar tal decisión, no fijar una nueva audiencia para oír los alegatos y pruebas y sin más dictar sentencia. (Sic). Ahora bien, del análisis de los argumentos expuestos por la parte recurrente, así como de la sentencia impugnada y las restantes actas que conforman el expediente, se colige que la decisión sujeta a revisión se encuentra ajustada a derecho, sin denotarse violación alguna de normas informadas por el orden público. En consecuencia, visto que el alcance del control de la legalidad ejercido no se ajusta a los fines del recurso, debe necesariamente declararse su inadmisibilidad. Así se resuelve.

Dispositiva

Declara INADMISIBLE el recurso de control de legalidad interpuesto por la parte actora, contra la sentencia proferida por el Juzgado Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en fecha 1° de junio de 2017.

Palabras clave

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