Sentencia N° 358 — Sala de Casación Social del TSJ, 19 de marzo de 2009

TSJ/SCS, Sent. N° 0358, Exp. 08-868, 19/03/2009
Expediente08-868
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de Legalidad
Fecha de la decisión2009-03-19
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de legalidad interpuesto por Mercantil Servicios Financieros, C.A. S.A.C.A. contra una sentencia del Juzgado Segundo Superior del Trabajo de Carabobo. La decisión se fundamenta en la violación de normas de orden público y la falta de pronunciamiento sobre los pedimentos formulados en el recurso, así como en la falta de análisis de los requisitos establecidos en la legislación laboral vigente. La Sala argumentó que la admisibilidad del recurso se restringe a situaciones donde se altere la legalidad de la decisión o proceso sujeto a revisión, y que en este caso, no se evidenció tal violación. Se destacó la importancia de preservar la uniformidad de la jurisprudencia laboral y se concluyó que el Juez actuó conforme a derecho, manteniendo la unidad de la jurisprudencia. Finalmente, se declaró inadmisible el recurso, sin condenatoria en costas, y se ordenó la remisión del expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Trabajo de la misma circunscripción judicial.

Extracto de la motiva

Esta Sala de Casación Social en decisión de fecha 12 de diciembre de 2002, expresó que “corresponde a esta Sala de Casación Social restringir, atendiendo a la potestad discrecional conferida por el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal Laboral, la admisibilidad de dicho recurso, cuando se hallen violentadas o amenazadas disposiciones de orden público o la jurisprudencia reiterada de la Sala”. Por tanto, se refiere la Sala a que la admisibilidad del recurso se restringe a situaciones donde la violación o amenaza es de tal entidad, que resulte alterada la legalidad de la decisión o proceso sujeto a revisión. De allí, que se trate entonces, de violaciones categóricas del orden legal establecido, que en definitiva, transgredirían el Estado de Derecho, o de aquellas decisiones que contravengan la reiterada doctrina jurisprudencial de esta Sala de Casación Social, pues, ésta se contrae fundamentalmente entre otras, a preservar la uniformidad de la jurisprudencia laboral. En el caso concreto, señala el recurrente que la sentencia recurrida violó normas de orden público contraviniendo lo establecido en los artículos 159 y 160 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, dada la omisión del sentenciador de pronunciamiento sobre los pedimentos formulados en el recurso, contraviniendo la jurisprudencia de la Sala de Casación Social, de fecha 9 de agosto de 2002, expediente 2001-818, caso Luis Felipe Sfeir Younis contra Racimec Venezolana C.A., el cual señala que el fallo debe abarcar todas las cuestiones de hecho y de derecho sometidas por las partes.

Dispositiva

Por las razones mencionadas, con base en los criterios que fundamentan la presente decisión, se declara inadmisible el recurso de control de la legalidad. Así se decide.

Palabras clave

cobro de prestacionestrabajojurisprudencialegalidadcontratoindexación

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