Sentencia N° 344 — Sala de Casación Social del TSJ, 12 de junio de 2002
TSJ/SCS, Sent. N° 344, Exp. 02-102, 12/06/2002
Expediente02-102
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2002-06-12
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, bajo la ponencia del Magistrado Omar Alfredo Mora Díaz, decidió el recurso de casación interpuesto por Regino Rodríguez contra la sentencia del Juzgado Superior Quinto del Trabajo, que había declarado sin lugar la demanda por cobro de diferencias de prestaciones sociales. La Sala concluyó que la decisión de la Alzada no incurrió en incongruencia negativa, ya que se pronunció sobre la aplicabilidad de la Cláusula 21 de la Convención Colectiva de Trabajo, determinando que solo es aplicable a trabajadores que se retiren voluntariamente, lo cual no fue el caso del demandante, quien fue despedido injustificadamente.
Dispositiva
En virtud de las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de casación formalizado por el abogado Roberto González Luque, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante, ciudadano REGINO RODRÍGUEZ, contra la sentencia dictada por el Juzgado Superior Quinto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas en fecha 8 de enero de 2002. No se imponen las costas del recurso a la parte recurrente en casación. Publíquese, regístrese y remítase el expediente directamente al tribunal de la causa, es decir, al Juzgado Temporal Itinerante Noveno de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen ya mencionado; todo en observancia a lo establecido en el artículo 326 del Código de Procedimiento Civil.
Palabras clave
cobro de diferenciasprestaciones socialesincongruencia negativadespido injustificadoconvención colectivacláusula 21recurso de casaciónjuzgado superior