Sentencia N° 33 — Sala de Casación Social del TSJ, 28 de febrero de 2013

TSJ/SCS, Sent. N° 0033, Exp. 10-1473, 28/02/2013
Expediente10-1473
PonenteLUIS EDUARDO FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2013-02-28
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, presidida por el Magistrado Luis Eduardo Franceschi Gutiérrez, resolvió en fecha 28 de febrero de 2013, declarar sin lugar los recursos de casación interpuestos por ambas partes en un juicio por cobro de diferencias de acreencias laborales. La parte actora, representada por Sandra Agelvis García, alegó la nulidad de la sentencia recurrida por la falsa aplicación de normas laborales, mientras que la parte demandada, ASEA BROWN BOVERI (ABB), S.A., impugnó la valoración de pruebas y la naturaleza salarial de ciertos conceptos. La Sala concluyó que no se demostraron las infracciones alegadas y que la decisión de alzada se ajustaba a derecho.

Extracto de la motiva

La motivación de la sentencia se centra en la valoración de las pruebas presentadas por ambas partes y la interpretación de las normas laborales aplicables al caso. La Sala analizó los argumentos de la parte actora sobre la supuesta nulidad de la sentencia de alzada, así como las alegaciones de la parte demandada respecto a la naturaleza salarial de ciertos conceptos. Se destacó que la costumbre alegada por la actora no fue probada adecuadamente y que la decisión del tribunal inferior se basó en un análisis exhaustivo de las pruebas presentadas. La Sala reafirmó que el uso y la costumbre son fuentes generadoras de derechos en el Derecho del Trabajo, pero que en este caso no se demostró su aplicación. Asimismo, se abordaron las alegaciones sobre el carácter salarial de los bonos y se concluyó que la sentencia recurrida no incurrió en incongruencias ni en vicios de nulidad.

Dispositiva

Se declara SIN LUGAR el recurso de casación propuesto por la parte actora; y SIN LUGAR el recurso de casación propuesto por la parte demandada, ambos contra la sentencia dictada por el Juzgado Superior Octavo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, el 1° de noviembre de 2010. Se condena en costas de los recursos, en virtud de los artículos 59 y 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Palabras clave

casaciónacreencias laboralesnulidadbonoscostumbre

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