Sentencia N° 286 — Sala de Casación Social del TSJ, 13 de marzo de 2008

TSJ/SCS, Sent. N° 0286, Exp. 07-1100, 13/03/2008
Expediente07-1100
PonenteJUAN RAFAEL PERDOMO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2008-03-13
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 13 de marzo de 2008, declaró sin lugar el recurso de casación interpuesto por los ciudadanos demandantes contra la sentencia del Juzgado Segundo Superior del Trabajo del Estado Zulia, que había confirmado la decisión de primera instancia que declaró sin lugar la demanda por cobro de prestaciones sociales. La Sala fundamentó su decisión en la prescripción de la acción, considerando que la relación laboral había terminado el 21 de mayo de 1999 y que los derechos derivados de dicha relación se encontraban prescritos al momento de la demanda.

Extracto de la motiva

Sobre los aspectos denunciados la recurrida expresa lo siguiente: Ahora bien, la demandada CATANA alegó que efectivamente existió una relación laboral entre ella y los actores hasta el 21 de mayo de 1999, lo cual claramente se puede comprobar del cúmulo de pruebas evacuadas, ya que existen recibos de pago de vacaciones, utilidades, etc., así como la renuncia de cada uno donde manifiestan, que la relación laboral se terminó el 21 de mayo de 1999, con sus respectivas liquidaciones, por lo que efectivamente existió una relación de trabajo bien delimitada en el tiempo entre cada uno de los actores (Álvaro Vera: 16-12-94, Alexander Urdaneta: 16-03-95, Luis Rodríguez: 17-06-96 y José Ortega: 01-12-95) hasta el 21 de mayo de 1999 y la empresa C.A. Tabacalera Nacional (CATANA), por la cual los demandantes percibieron el pago de sus prestaciones sociales y demás obligaciones laborales, por lo que evidentemente, dado el tiempo transcurrido desde el 21 de mayo de 1999 hasta la fecha en que fue introducida la demanda el 25 de mayo de 2005, los derechos derivados de dichas relaciones laborales se encuentran prescritos, no habiendo demostrado los actores que hubieran continuado prestando servicios personales a favor de C.A. TABACALERA NACIONAL después de esa fecha (21 de mayo de 1999). De la transcripción precedente se aprecia que el Juez de alzada haciendo uso de su libertad de apreciación estableció la existencia de sendas relaciones de trabajo entre los actores y la codemandada C.A. Tabacalera Nacional, y que dichas relaciones terminaron todas el día 21 de mayo de 1999, y a partir de los hechos establecidos declaró la prescripción de las acciones derivadas de la mencionadas relaciones de trabajo. De este modo, considera la Sala que la Alzada actuó apegada a la legalidad, pues una vez que estableció la existencia de la relación de trabajo y su fecha de terminación, procedió a realizar el cómputo del lapso de prescripción a partir de la establecida fecha de terminación.

Dispositiva

Por las razones que anteceden, la presente denuncia se declara improcedente. Así se decide. Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR el recurso de casación anunciado y formalizado contra la sentencia dictada por el Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, publicada el 10 de abril de 2007. Se condena en costas, a la parte recurrente en conformidad con lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.

Palabras clave

cobro de prestacionesrelación laboralprescripciónrecursos de casaciónderechos laboralesJuzgado SuperiorLey Orgánica Procesal del Trabajo

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca