Sentencia N° 260 — Sala de Casación Social del TSJ, 22 de marzo de 2004

TSJ/SCS, Sent. N° 260, Exp. 03-960, 24/03/2004
Expediente03-960
PonenteJUAN RAFAEL PERDOMO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2004-03-22
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 22 de marzo de 2004, declaró sin lugar la demanda de Ernesto Jesús Mendoza Abreu contra Panamco de Venezuela, S.A., por considerar que la acción estaba prescrita. La relación laboral se dio por concluida el 22 de abril de 1998 y la demanda fue interpuesta el 13 de diciembre de 2000, superando el plazo de prescripción de un año establecido en la Ley Orgánica del Trabajo. La Sala también abordó varias denuncias de inmotivación y vicios procesales, concluyendo que no se configuraron los alegatos de la parte recurrente.

Extracto de la motiva

La Sala observa que la alegada relación de trabajo culminó el 22 de abril de 1998, y la interposición de la demanda se realizó el 13 de diciembre de 2000, habiendo transcurrido entre ambas fechas un lapso de aproximadamente dos (2) años y ocho (8) meses; es decir, transcurrió ampliamente el lapso de prescripción previsto en el artículo 61 de la Ley Orgánica del Trabajo. Como consecuencia de lo anterior debe considerarse prescrita la acción y desestimarse la demanda intentada por el ciudadano ERNESTO JESÚS MENDOZA ABREU contra PANAMCO DE VENEZUELA C.A. mediante la cual reclamaba el pago total de ciento setenta millones ochocientos veinte mil seiscientos bolívares (Bs. 170.820.600,00) por concepto de: a) Prestación de Antigüedad; b) Vacaciones vencidas y Vacaciones fraccionadas; c) Bono Vacacional; d) Indemnización de Antigüedad devengada al 19 de junio de 1997; e) Compensación por Transferencia; f) Participación en los Beneficios de la empresa percibidos durante los años de trabajo que prestó servicio o Utilidades; g) Participación en los Beneficios de la empresa correspondientes a los meses completos trabajados durante el último año de servicio o Utilidades fraccionadas, y h) Días Domingos trabajados entre el 19 de septiembre de 1997 y el 19 de abril de 1998.

Dispositiva

1°. CON LUGAR el recurso de casación anunciado y formalizado contra la sentencia publicada el 18 de noviembre de 2003, dictada por el Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción del Estado Trujillo. En consecuencia, se casa el referido fallo; y, 2°. SIN LUGAR la demanda intentada por el ciudadano ERNESTO JESÚS MENDOZA ABREU contra PANAMCO DE VENEZUELA C.A. Se condena en costas a la parte demandante al resultar totalmente vencida, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Palabras clave

cobro de prestacionesrelación laboralprescripcióninmotivacióntransacciónLey Orgánica del Trabajocasación

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca