Sentencia N° 245 — Sala de Casación Social del TSJ, 6 de marzo de 2008

TSJ/SCS, Sent. N° 0245, Exp. 07-751, 06/03/2008
Expediente07-751
PonenteJUAN RAFAEL PERDOMO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion
Fecha de la decisión2008-03-06
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 6 de marzo de 2008, declaró con lugar el recurso de casación interpuesto por Jorge Andrés Arteaga Zanotty contra la sentencia del Juzgado Primero Superior del Trabajo de Anzoátegui. La Sala anuló la decisión anterior y homologó el desistimiento del recurso de la codemandada MMR ETT. Se ordenó el pago de diversas indemnizaciones a favor del demandante, incluyendo compensaciones por accidente de trabajo y daños morales, tras determinar que las codemandadas incumplieron con normas de prevención de riesgos laborales, lo que contribuyó al accidente sufrido por el actor.

Extracto de la motiva

La Sala para decidir observa: De la transcripción precedente se infiere que lo que ha querido el formalizante es denunciar el vicio de inmotivación por silencio de pruebas, por tanto, siendo la motivación de la sentencia materia de orden público, y en aplicación del principio finalista, la Sala examinará la delación dentro de ese contexto. La sentencia es inmotivada por haberse incurrido en silencio de pruebas cuando el Juez omite cualquier mención sobre una prueba promovida y evacuada por las partes que consta en las actas del expediente y cuando a pesar de haberse mencionado su promoción y evacuación, el Juez se abstiene de analizar su contenido y señalar el valor que le confiere a la misma o las razones para desestimarla, exigiéndose además que la omisión tenga influencia determinante en el dispositivo del fallo. En el caso de autos, la sentencia recurrida expresa lo siguiente: (…)

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara: 1º CON LUGAR el recurso de casación propuesto por la parte actora, y en consecuencia se anula la sentencia proferida en fecha 08 de marzo de 2007, por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui; 2º HOMOLOGADO el desistimiento del recurso de casación de la codemandada MMR ETT Empresa de Trabajo Temporal S.A., y se le condena en las costas de su recurso, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; 3º PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda intentada por el ciudadano JORGE ANDRÉS ARTEAGA ZANOTTY contra las sociedades mercantiles MMR ETT EMPRESA DE TRABAJO TEMPORAL S.A. y OPERADORA CERRO NEGRO S.A. No hay condenatoria en costas del proceso por no haber vencimiento total; y, 4º SIN LUGAR la demanda con respecto a la sociedad mercantil AIMVENCA C.A. No hay condenatoria en costas del proceso en conformidad con el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal de Trabajo.

Palabras clave

accidente de trabajoindemnizaciónresponsabilidad patronalconvención colectivasilencio de pruebasincapacidadprevención de riesgosderechos laborales

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