Sentencia N° 2395 — Sala de Casación Social del TSJ, 29 de noviembre de 2007

TSJ/SCS, Sent. N° 2395, Exp. 07-893, 29/11/2007
Expediente07-893
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2007-11-29
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, declara con lugar el recurso de casación interpuesto por el demandante, MANUEL ANTONIO CAMACARO, contra el fallo del Juzgado Superior Segundo del Trabajo de Carabobo. La Sala anula la sentencia recurrida en lo que respecta a la corrección monetaria y ordena el cálculo de indexación desde la fecha de admisión de la demanda hasta que la sentencia quede firme, excluyendo los lapsos de paralización del proceso. Se mantiene el resto del dispositivo dictado en Alzada al declarar parcialmente con lugar la demanda.

Extracto de la motiva

La Sala observa que el recurrente alega que la Alzada no se pronunció sobre el despido y las prestaciones sociales, limitándose a analizar la enfermedad profesional. La Sala verifica que efectivamente la Alzada no abordó las reclamaciones sobre el despido y prestaciones, lo que constituye una omisión de pronunciamiento. Se reitera que el juez debe decidir sobre lo alegado y probado por las partes, y que la falta de pronunciamiento sobre aspectos relevantes puede dar lugar a la nulidad de la sentencia. En consecuencia, se concluye que la Alzada incurrió en un vicio de inmotivación al no considerar las reclamaciones del demandante sobre el despido y las prestaciones sociales, lo que justifica la anulación de la sentencia recurrida.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el recurso de casación interpuesto por la representación judicial de la parte demandante contra el fallo emitido por el Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, mediante decisión de fecha 2 de abril de 2007; en consecuencia, se ANULA el fallo recurrido en los términos antes expuestos, y ordena el cálculo de indexación conforme los parámetros anotados en la motiva de la presente decisión, por lo tanto se mantiene el resto del dispositivo dictado en Alzada al declarar PARCIALMENTE con lugar la demanda. No hay condenatoria en costas, dada la declaratoria con lugar del recurso de casación.

Palabras clave

prestaciones socialesdespidoenfermedad profesionalindexacióncasación laboraljustificación de despidocarga probatoria

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