Sentencia N° 2364 — Sala de Casación Social del TSJ, 10 de noviembre de 2005
TSJ/SCS, Sent. N° 2364, Exp. 05-764, 18/12/2006
Expediente05-764
PonenteCARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA
MateriaLaboral
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2005-11-10
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del TSJ, en la decisión Nº 1592, declaró procedentes las solicitudes de avocamiento formuladas por un grupo de extrabajadores jubilados contra la sociedad C.V.G. Ferrominera del Orinoco, C.A. La sentencia se basa en el excesivo retardo y desorden procesal que afecta la imagen del Poder Judicial, así como la incorrecta tramitación de recursos. Se ordenó la continuación del proceso en el estado en que se encuentra y se requirió la remisión del expediente al juzgado correspondiente.
Extracto de la motiva
La Sala de Casación Social, al avocarse al conocimiento del caso, considera que el problema trasciende el mero interés individual y afecta el orden público. Se constata un excesivo retardo y desorden procesal que compromete la imagen del Poder Judicial y el derecho a la tutela judicial efectiva. Por lo tanto, se ordena la continuación del proceso y se requiere al Juzgado Cuarto de Primera Instancia la remisión del expediente para su ejecución.
Dispositiva
Se ordena a la empresa C.V.G. Ferrominera del Orinoco, C.A., a pagar a los codemandantes la cantidad total de un mil ciento veintisiete millones doscientos sesenta y seis mil doscientos cincuenta y seis bolívares con doce céntimos (Bs. 1.127.266.256,12), que se contraen a la sumatoria de los puntos “A” y “B” de la sentencia definitivamente firme de fecha 10 de noviembre de 1995.