Sentencia N° 2195 — Sala de Casación Social del TSJ, 1 de noviembre de 2007
TSJ/SCS, Sent. N° 2195, Exp. 07-351, 01/11/2007
Expediente07-351
PonenteJUAN RAFAEL PERDOMO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2007-11-01
DecisiónPERECIDO el recurso de casación anunciado y formalizado por la parte actora; CON LUGAR el recurso de casación anunciado y formalizado por la parte co-demandada Repsol Exploration de Venezuela, C.A; y SIN LUGAR la demanda intentada por el ciudadano Marcial Pineda.
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, declara perecido el recurso de casación interpuesto por la parte actora, debido a que la formalización del mismo fue presentada fuera del lapso establecido. Por otro lado, se declara con lugar el recurso de casación de la parte demandada, Repsol Exploration de Venezuela, C.A., al considerar que la sentencia recurrida incurrió en errores en la aplicación de la ley respecto a la prescripción de la acción. Finalmente, se declara sin lugar la demanda presentada por el ciudadano Marcial Pineda contra ambas sociedades mercantiles.
Extracto de la motiva
La Sala observa que en el caso bajo examen, alega el formalizante, que el Juez de la recurrida incurrió en falsa aplicación de los artículos 61 y 64 de la Ley Orgánica del Trabajo, al decidir que la acción contra Repsol Exploration de Venezuela, C.A., no se encuentra prescrita y condenar a la empresa, debido a que en el expediente cursa una reclamación administrativa por enfermedad profesional interpuesta por la parte actora contra las empresas demandadas, lo cual consideró un acto capaz de poner en mora al patrono. En efecto consta en el expediente en el folio 27 de la primera pieza el acta de la Inspectoría del Trabajo del Estado Zulia, de fecha 14 de marzo de 2002, cuyo objeto es la reclamación por enfermedad profesional, donde solicita a las empresas demandadas, debido a la incapacidad que adolece por causa de una enfermedad profesional, el pago de salarios dejados de percibir así como la correspondiente intervención quirúrgica en el centro asistencial más especializado. Se evidencia que el Juez de la recurrida en su decisión señala que se interrumpió la prescripción con la interposición de este reclamo tomando en consideración lo establecido en el artículo 64 de la ley Orgánica del Trabajo, literal “c” donde establece que se interrumpe la prescripción por reclamación intentada ante una autoridad administrativa del trabajo, y consideró que era un acto capaz de poner en mora al patrono. La Sala observa, que del acta N° 57 que consta en el folio 27 de la primera pieza se evidencia que se trata de un reclamo por enfermedad profesional y la causa principal del juicio es cobro de prestaciones sociales, es decir, que nada tiene que ver el objeto de la reclamación administrativa con la pretensión de este juicio por lo cual la reclamación no es un acto capaz de poner en mora a las empresas demandadas.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara: 1º). PERECIDO el recurso de casación anunciado y formalizado por la parte actora; 2). CON LUGAR el recurso de casación anunciado y formalizado por la parte co-demandada Repsol Exploration de Venezuela, C.A, contra la sentencia publicada el 23 de noviembre de 2006, por el Juzgado Primero Superior para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia; y, 3°). SIN LUGAR la demanda intentada por el ciudadano Marcial Pineda, contra las sociedades mercantiles Well Services Petroleum Company Ltd. de Venezuela, C.A., y Repsol Exploration de Venezuela, C.A.
Palabras clave
cobro de prestacionesrecurso de casaciónprescripciónenfermedad profesionalresponsabilidad solidariaLey Orgánica del Trabajojuzgadodemandante