Sentencia N° 21 — Sala de Casación Social del TSJ, 10 de febrero de 2016

TSJ/SCS, Sent. N° 021, Exp. 14-1175, 10/02/2016
Expediente14-1175
PonenteMÓNICA GIOCONDA MISTICCHIO TORTORELLA
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2016-02-10
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión N° 094, declaró con lugar el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada, anula el fallo recurrido y sin lugar la demanda por cobro de beneficios laborales. La sentencia se basa en la falta de consideración de pruebas documentales relevantes que demostraban el cumplimiento de la obligación de pago por parte de la empresa demandada, lo que llevó a la improcedencia de la demanda de los actores.

Extracto de la motiva

En el caso sub-examine denuncia la impugnante que la sentencia recurrida incurre en el vicio de incongruencia negativa, por omitir lo establecido en el artículo 243, ordinal 5° del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 12 eiusdem, lo cual trae como consecuencia la violación de normas sustantivas que rigen la materia laboral, que son de eminente orden público. En tal sentido, aduce que el juzgador de alzada no se pronunció sobre las defensas ejercidas por la demandada en su contestación, con relación a la improcedencia del pago a los demandantes de los días domingos trabajados, con el recargo de los días feriados, antes de la entrada en vigencia del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 38.426 de fecha 28 de abril de 2006, conforme a los criterios reiterados de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia; y el pago que efectivamente se realizó a los actores por los domingos trabajados, con el recargo del cincuenta por ciento (50%), después de la entrada en vigencia del referido Reglamento. Asimismo, alega que el juzgador de alzada debió decidir con arreglo a las defensas de hecho opuestas sobre el pago de días feriados, y de los domingos trabajados, pues al establecer la procedencia de los conceptos mencionados, sin atender a los argumentos de la parte demandada, se excedió de los límites de la controversia fijados por las partes.

Dispositiva

Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de control de la legalidad ejercido por la parte demandada, contra la sentencia dictada por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en fecha 5 de junio de 2014; SEGUNDO: ANULA el fallo recurrido; y TERCERO: SIN LUGAR la demanda por cobro de beneficios laborales, interpuesta por los ciudadanos Adrián Ramón Aquino Meza, Levi Xavier Arias García, Héctor Bernardo Flores, Héctor José Marcano García, Arlene Victoria Pérez Oropeza, Antonio José Sifonte Mota, Jesús Arturo Valera, José Luis Pino, José Alexander Pino, Romel Wladimir Puerta Calderón, Esteban Alirio Torres López, Norma Yalitza Torres Padrón, Luis Alberto Armada Mirabal, José Gregorio Arrieta Valera y Ramón Alberto García González contra la sociedad mercantil Agropecuaria Fuerzas Integradas, C.A.

Palabras clave

control de legalidadbeneficios laboralesrecargodomingos trabajadosincongruencia negativa

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