Sentencia N° 1959 — Sala de Casación Social del TSJ, 4 de octubre de 2007

TSJ/SCS, Sent. N° 1959, Exp. 07-1200, 04/10/2007
Expediente07-1200
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2007-10-04
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de control de la legalidad interpuesto por los demandantes contra una decisión del Juzgado Superior Primero del Trabajo del Estado Lara. La Sala analizó si se cumplían los requisitos para la admisibilidad del recurso, considerando que este es un medio de impugnación excepcional. Se determinó que la sentencia impugnada no violaba el orden público laboral ni contradecía la jurisprudencia reiterada de la Sala.

Extracto de la motiva

En el caso bajo estudio, la representación judicial de la parte demandante recurrente, le atribuye a la sentencia impugnada la violación de los artículos 108 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia con los artículos 98 y 100 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo. Explica el recurrente, que a su manera de ver la sentencia recurrida incurre en infracción de fondo o vicio de error de interpretación acerca del contenido y alcance de una disposición expresa como lo es el artículo 108 de la Ley Orgánica del Trabajo que establece la posibilidad de que el empleador, con autorización del trabajador, deposite el monto correspondiente a la antigüedad, en una entidad financiera, como si el legislador no hubiese puesto otras condiciones en los artículos 98 y 100 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo. Continuó señalando, que la empresa cometió un fraude a la Ley Orgánica del Trabajo, en especial al artículo 108 de la referida Ley y de los artículos 98 y 100 de Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, cuando no coloca el dinero producto de las prestaciones de antigüedad de los trabajadores en un fidecomiso, o en un fondo de antigüedad debidamente manejado de acuerdo con la Ley Laboral, sino que creó sendas cuentas de ahorro individual a nombre de cada uno de los trabajadores con la única diferencia que el dueño de la empresa SUOCA firmaba la cuenta de ahorro con ellos, convirtiéndose el dinero allí depositado en COMPLEMENTO SALARIAL, por cuanto cada vez que a los trabajadores necesitaban de dinero simplemente lo retiraban.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la representación judicial de la parte demandante, contra la sentencia emitida por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en fecha 22 de mayo de 2007. Dada la naturaleza de la presente decisión, no hay condenatoria en costas. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, a los fines consiguientes. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen antes mencionado, todo en conformidad con el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Palabras clave

control de la legalidadprestaciones socialesLey Orgánica del Trabajofraude laboralantigüedadjuzgado superiorinadmisionderecho laboral

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca