Sentencia N° 1940 — Sala de Casación Social del TSJ, 2 de octubre de 2007

TSJ/SCS, Sent. N° 1940, Exp. 07-934, 02/10/2007
Expediente07-934
PonenteCARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2007-10-02
DecisiónSIN LUGAR

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso de casación interpuesto por Bp Venezuela Holdings Limited contra la sentencia del Tribunal Superior Primero del Circuito Judicial del Trabajo, que había declarado parcialmente con lugar la demanda de prestaciones sociales. La Sala desestimó el recurso, confirmando la decisión de la instancia inferior, al considerar que existía conexidad entre las actividades de la empresa contratista y la beneficiaria, lo que justificaba la responsabilidad solidaria de Bp Venezuela Holdings Limited en el cumplimiento de las obligaciones laborales.

Extracto de la motiva

Se hace necesario señalar que, en un caso prácticamente idéntico al de autos, la Sala declaró inadmisible un control de legalidad ejercido por la empresa BP Venezuela Holding Limited, mediante sentencia Nº 1293 del 12 de junio de 2007 (caso: Deudy Enrique Sulbaran Briceño contra Federal Car Service Compañía Anónima (FEDECAR C.A.), y BP Venezuela Holdings Limited). Finalmente, se observa que en virtud de la aplicabilidad al caso examinado, de las presunciones sobre conexidad que establece la Ley Orgánica del Trabajo, la carga probatoria de desvirtuar tales presunciones recaía sobre la empresa demandada, y no se constata mediante los hechos establecidos por el Juzgador de alzada que se haya desvirtuado tal presunción, por lo que no se verifica el vicio delatado. En razón de las anteriores consideraciones, se desecha la presente denuncia. Así se decide.

Dispositiva

En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: 1) SIN LUGAR el recurso de casación propuesto por la empresa Bp Venezuela Holdings Limited, contra el fallo de fecha 26 de febrero de 2007 proferida por el Tribunal Superior Primero del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia; 2) CONFIRMA la sentencia recurrida. No hay condenatoria en costas. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, a los fines legales consiguientes. Particípese de esta remisión al Tribunal Superior de origen, antes mencionado.

Palabras clave

prestaciones socialesresponsabilidad solidariaconexidadrecurso de casaciónLey Orgánica del Trabajoempresa contratistajuzgado de alzadasentencia recurrida

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca