Sentencia N° 190 — Sala de Casación Social del TSJ, 11 de marzo de 2010

TSJ/SCS, Sent. N° 0190, Exp. 09-1457, 11/03/2010
Expediente09-1457
PonenteJuan Rafael Perdomo
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2010-03-11
DecisiónHomologa

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia homologó una transacción entre el demandante Guillermo Ramón Arangurez Peña y la sociedad mercantil Envases Venezolanos, S.A., en el marco de un juicio por indemnización por accidente de trabajo. La transacción fue firmada por ambas partes y sus representantes legales, estableciendo un acuerdo de pago por la cantidad de ochenta mil bolívares. La Sala verificó el cumplimiento de los requisitos legales para otorgar eficacia a la transacción, concluyendo que se cumplían las garantías constitucionales y que el acuerdo era válido.

Extracto de la motiva

Examinados los términos de la transacción y evidenciada la facultad con la que actúa la apoderada de la co-demandada solidaria y el actor asistido judicialmente, cumpliéndose así con la garantía constitucional de asistencia debida en el proceso; que en la manifestación escrita del acuerdo actuaron en forma voluntaria y sin constreñimiento alguno y, que el documento presentado ante esta Sala en la fecha mencionada, se encuentra debidamente circunstanciado en cuanto a la motivación de la transacción y derechos comprendidos, se acuerda concederle la homologación a la manifestación de voluntad presentada por las partes en este caso y el pase en autoridad de cosa juzgada. Así se decide.

Dispositiva

1°) HOMOLOGA la transacción suscrita entre el ciudadano GUILLERMO RAMÓN ARANGUREZ PEÑA, titular de la cédula de identidad No. V-6.052.393 y la sociedad mercantil ENVASES VENEZOLANOS, S.A., en los mismos términos y condiciones en ella establecidos, pasándola en autoridad de cosa juzgada; y 2°) ORDENA al Juzgado de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, que resulte competente, realice los trámites procesales correspondientes para el archivo del expediente.

Palabras clave

transaccióncosa juzgadaresolución de conflictosbienestar socialobligacionesLey Orgánica Procesal del TrabajoConstitución

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