Sentencia N° 189 — Sala de Casación Social del TSJ, 17 de marzo de 2017

TSJ/SCS, Sent. N° 0189, Exp. 15-456, 17/03/2017
Expediente15-456
PonenteMÓNICA GIOCONDA MISTICCHIO TORTORELLA
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2017-03-17
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 17 de marzo de 2017, declaró con lugar el recurso de casación interpuesto por Yolimar Claret Cuellar Salazar contra las empresas Sanitas Venezuela, S.A. y Plansanitas, S.A., revocando la sentencia anterior que había declarado sin lugar la demanda. La Sala determinó que existía una relación laboral entre la demandante y las demandadas, y que las empresas eran responsables del pago de las prestaciones sociales adeudadas. Se ordenó la realización de una experticia para calcular las cantidades adeudadas por concepto de prestaciones, vacaciones, utilidades e indemnización por despido injustificado.

Extracto de la motiva

La Sala de Casación Social ha establecido que la falta de aplicación de una norma se verifica cuando el sentenciador niega la aplicación de una disposición legal que esté vigente a una determinada relación jurídica que está bajo su alcance. En este caso, la parte actora alegó que su relación con las demandadas era laboral, mientras que las demandadas argumentaron que era de naturaleza mercantil. La Sala concluyó que la relación era laboral, dado que se evidenció la existencia de subordinación y dependencia, así como el pago de comisiones, lo que activó la presunción de laboralidad. Por lo tanto, se declaró con lugar el recurso de casación y se ordenó el pago de las prestaciones sociales correspondientes.

Dispositiva

Se declara con lugar el recurso de casación interpuesto por la representación judicial de la ciudadana Yolimar Claret Cuellar Salazar; en consecuencia, se anula el fallo recurrido, resultando inoficioso conocer las restantes delaciones formuladas. Se condena a las sociedades mercantiles Sanitas Venezuela, S.A. y Plansanitas, S.A. al pago de las prestaciones sociales y otros conceptos laborales reclamados por la actora, conforme a los razonamientos expuestos en la presente decisión.

Palabras clave

prestaciones socialesrelación laboralcasaciónderecho laboral

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