Sentencia N° 182 — Sala de Casación Social del TSJ, 5 de junio de 2025

TSJ/SCS, Sent. N° 182, Exp. 24-449, 05/06/2025
Expediente24-449
PonenteEDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2025-06-05
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia homologó la transacción acordada entre la demandante, Mayra Alejandra Romero Díaz, y la parte demandada, Telefónica Venezolana C.A., en el contexto de un juicio por cobro de prestaciones sociales. La transacción fue presentada el 28 de enero de 2025 y se acordó un pago total de un millón de bolívares como indemnización única transaccional, resolviendo así todas las diferencias entre las partes. La Sala verificó que la transacción cumplía con los requisitos legales establecidos en la Ley Orgánica del Trabajo y el Código Civil, otorgándole el carácter de cosa juzgada.

Extracto de la motiva

motivan la transacción y de los derechos en ella comprendidos, en el caso concreto y los conceptos contenidos en el libelo de demanda. De igual forma, del estudio acuerdo transaccional, consignado el 28 de enero de 2025, quedó plenamente demostrado que la misma fue producto de la actuación voluntaria y espontánea de las partes, totalmente libre de constreñimiento alguno. Asimismo, y bajo el criterio sentado por esta Sala en la decisión número 164 del 27 de marzo de 2015 (caso: Richard García contra Autos Reycas, C.A. y otras) que establece que, las transacciones están sometidas a las mismas condiciones requeridas para la validez de los contratos en general y, muy especialmente, a las que aluden a la capacidad y poder de disposición de las personas que la suscriben, todo en los términos del artículo 1.714 del Código Civil, por ello, bajo tales premisas, se debe verificar la concurrencia en el caso concreto de los mencionados requisitos: Artículo 1.714: (…) 1. Si los apoderados judiciales de las partes tienen capacidad para transigir, y 2. Si la transacción versa sobre derechos dis

Dispositiva

HOMOLOGA la transacción celebrada entre la demandante ciudadana MAYRA ALEJANDRA ROMERO DIAZ y la parte demandada sociedad mercantil TELEFÓNICA VENEZOLANA C.A. (antes TELCEL, C.A.), en los mismos términos y condiciones en ella establecidos, pasándola con autoridad de cosa juzgada.

Palabras clave

transacciónhomologaciónprestaciones socialesindemnización

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