Sentencia N° 1808 — Sala de Casación Social del TSJ, 9 de agosto de 2007
TSJ/SCS, Sent. N° 1808, Exp. 07-1335, 09/08/2007
Expediente07-1335
PonenteJUAN RAFAEL PERDOMO
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2007-08-09
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por Iván Ramírez contra la decisión del Juzgado Segundo Superior del Trabajo del Estado Zulia. La Sala argumentó que la decisión recurrida no violó normas de orden público y que no se presentaron violaciones categóricas del orden legal establecido. Por lo tanto, se declaró inadmisible el recurso interpuesto.
Extracto de la motiva
Alega el recurrente que la decisión recurrida violó normas de orden público, contraviniendo lo establecido en el artículo 89, ordinal 2° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, artículo 3°, Parágrafo Único de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia con el artículo 9° del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo; y, los reiterados criterios de la Sala de Casación Social, en cuanto a las transacciones, sentencia Nº 1311 del 11 de octubre de 2005, expediente Nº 05-995, ponencia del magistrado Juan Rafael Perdomo, y, sentencia Nº 1787 del 9 de diciembre de 2005, expediente 05-925, con ponencia del magistrado Luis Eduardo Franceschi, pues en la transacción celebrada entre las partes ante la Inspectoría del Trabajo en Maracaibo, Estado Zulia, en la cláusula 2° señala los conceptos en ella contenidos, pero en la misma cláusula no aparece discriminado, el pago del concepto de cesta ticket, sin embargo, en la cláusula 4° de la mencionada transacción de modo genérico se establece que el objeto de la transacción es ponerle fin a cualquier diferencia que pudiere haber entre las partes, en la determinación de los beneficios que se generen por causa de la relación laboral, inclusive lo relativo a los cesta tickets, es por ello que infringe normas de orden público, lo cual luego de un análisis exhaustivo de la sentencia recurrida, y de los términos en que fue decidida la controversia, observa la Sala que el Juez no incurrió en violación de las normas denunciadas que en definitiva transgredirían el Estado de Derecho, razón por la cual la recurrida no incurre en violaciones del orden legal establecido, motivo por el cual se declara inadmisible el recurso interpuesto.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto contra la decisión dictada por el Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 9 de mayo de 2007. No hay condenatoria en costas dada la índole de la decisión.
Palabras clave
cobro de prestacionesrecursos laboralestransaccionesorden públicojurisprudenciainadmisibilidad