Sentencia N° 1734 — Sala de Casación Social del TSJ, 26 de octubre de 2006
TSJ/SCS, Sent. N° 1734, Exp. 06-914, 26/10/2006
Expediente06-914
PonenteJUAN RAFAEL PERDOMO
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2006-10-26
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por Gilmar Leonides Velásquez Rodríguez contra la sentencia del Juzgado Superior del Trabajo. La Sala argumentó que la decisión recurrida no violó las normas denunciadas ni la doctrina jurisprudencial, ya que no se solicitó la impugnación del auto de homologación ante la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Por lo tanto, se declaró inadmisible el recurso.
Extracto de la motiva
En el caso concreto señala el recurrente que la sentencia recurrida violó los artículos 49.7, 89 numerales 2, 3 y 4, 137, 138 y 259 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; los artículos 5°, 9°, 29 y 177 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; el artículo 3° de la Ley Orgánica del Trabajo, el artículo 9° del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, los artículos 19 y 83 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos y los artículos 3°, 11, 12, 17, 28 y 170 del Código de Procedimiento Civil, al decidir con lugar la cosa juzgada alegada en la contestación a la demanda con motivo de la transacción celebrada ante la Inspectoría del Trabajo, cuya homologación fue anulada por el propio órgano administrativo declarando, posteriormente a ello y previa solicitud del actor, con lugar la calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos incoada. De igual forma denuncia que la recurrida no valoró la providencia administrativa que ordenó el pago de los salarios caídos, al no condenar a la demandada a su pago, ni a las demás indemnizaciones reclamadas, violando a su decir la jurisprudencia de la Sala, establecida en las sentencias de fechas 16 de febrero de 2006 y 11 de octubre de 2005, casos Unidad Educativa El Buen Pastor y VFG Sudamtex, C.A., lo cual luego de un análisis de la sentencia recurrida, y de las actas procesales, observa la Sala que el Juez no incurrió en violación de las normas denunciadas ni de la doctrina jurisprudencial de la Sala, que en definitiva transgredirían el Estado de Derecho, toda vez que no consta, en autos, que se haya solicitado ante la Jurisdicción Contencioso Administrativo la impugnación del auto de homologación impartido por la Inspectoría del Trabajo, motivo por el cual, no resulta aplicable al caso concreto la jurisprudencia invocada por el solicitante, razón por la cual se declara inadmisible el recurso interpuesto.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte actora contra la sentencia dictada el 16 de mayo de 2006, por el Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro. No hay condenatoria en costas dada la índole de la decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.) de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro. Particípese esta decisión al Tribunal Superior de origen, en conformidad con lo establecido en el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Palabras clave
cobro de salariosindemnizacióncontrol de la legalidadjurisprudencia laboralinadmisiontransacciónhomologaciónderecho laboral