Sentencia N° 1677 — Sala de Casación Social del TSJ, 20 de diciembre de 2012
TSJ/SCS, Sent. N° 1677, Exp. 12-1378, 20/12/2012
Expediente12-1378
PonenteALFONSO VALBUENA CORDERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2012-12-20
DecisiónDesistido
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, bajo la ponencia del Magistrado Alfonso Valbuena Cordero, se pronunció sobre un recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por la sociedad mercantil FESTEJOS MAR C.A. contra una providencia administrativa. La Sala declaró desistido el recurso de apelación debido a la falta de fundamentación presentada por la parte apelante dentro del plazo establecido por la ley. La decisión se basa en el artículo 92 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, que establece la obligación de presentar un escrito de fundamentación en un lapso determinado.
Extracto de la motiva
Como se observa del dispositivo legal transcrito, el Legislador impuso a la parte apelante la carga procesal de consignar un escrito en el que se debe exponer las razones de hecho y de derecho en las que fundamenta su apelación, dentro de los diez (l0) días de despacho siguientes a la recepción del expediente, con la consecuencia jurídica de considerar desistido el recurso, cuando el recurrente no consigne el escrito de fundamentación en el lapso establecido. En este orden de ideas, practicado como ha sido por la Secretaría de esta Sala, el cómputo correspondiente para que se fundamentara la apelación, se constata que el mismo comenzó a correr en fecha veintiséis (26) de octubre del año 2012, día siguiente al auto en que se dio cuenta en Sala del ingreso del expediente, y venció el día ocho (08) de noviembre del mismo año. En este sentido, observa esta Sala que habiéndose interpuesto oportunamente el presente recurso y vencido el término correspondiente para la fundamentación, la misma no fue presentada, por lo que en consecuencia, este máximo Tribunal, declara desistido el recurso de apelación interpuesto por la parte recurrente, en aplicación a lo dispuesto en el artículo 92 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia, en nombre de la República, y por autoridad de la Ley, declara DESISTIDO el recurso de apelación ejercido por la sociedad mercantil FESTEJOS MAR C.A., contra la sentencia dictada en fecha 14 de marzo del año 2011 Juzgado Tercero Superior en lo Civil, y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital. Publíquese y regístrese. Remítase el expediente al Juzgado Noveno Superior Laboral de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, para que continúe con el conocimiento de la presente casusa.