Sentencia N° 167 — Sala de Casación Social del TSJ, 1 de marzo de 2018

TSJ/SCS, Sent. N° 0167, Exp. 17-841, 01/03/2018
Expediente17-841
PonenteMÓNICA GIOCONDA MISTICCHIO TORTORELLA
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2018-03-01
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en sentencia del 1 de marzo de 2018, declara con lugar el recurso de casación interpuesto por Gabriela Mercedes Fuentes Espinoza contra la sentencia del Juzgado Segundo Superior del Circuito Judicial del Trabajo, que había declarado sin lugar el recurso de apelación. La Sala anula el fallo recurrido y decide a favor de la demandante, reconociendo su derecho a cobrar prestaciones sociales y otros conceptos laborales.

Extracto de la motiva

Vista la posición asumida por la jurisdicente y siguiendo el marco legal explanado, esta Sala de Casación Social advierte la comisión del yerro imputado a la sentencia impugnada, toda vez que teniendo en consideración la forma en que fueron presentados los alegatos y defensas en la contestación a la demanda, surgieron como hechos admitidos las funciones de “Gerente Legal” que alegó la demandante cumplir -independientemente, de ostentar el cargo de “Abogado Senior”-, por encontrarse el cargo vacante y los aumentos salariales concedidos a los demás trabajadores, al no haber sido expresamente negados por la empresa accionada y tampoco desvirtuados en el debate probatorio, según se extrae del propio proceder asumido por la sentenciadora ad quem. Por consiguiente, habiendo quedado planteado en los términos expuestos el contradictorio, la sentenciadora de alzada -inexorablemente- se encontraba compelida a mantener como admitidos los hechos libelados que no fueron expresamente rechazados en la contestación, partiendo de la aplicación del supuesto de hecho normativo contenido en el primer aparte del artículo 135 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. En fuerza de las anteriores consideraciones, se declara con lugar el recurso de casación interpuesto por la parte demandante y se anula el fallo recurrido, resultando inoficioso conocer las restantes delaciones formuladas, puesto que de conformidad con el artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, corresponde a esta Sala decidir el fondo de la presente controversia.

Dispositiva

Se declara con lugar el recurso de casación ejercido por la representación judicial de la parte actora contra la sentencia dictada por el Juzgado Segundo Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, el 6 de octubre de 2017; se anula el fallo recurrido; y se declara con lugar la demanda por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales, interpuesta por la ciudadana Gabriela Mercedes Fuentes Espinoza contra la sociedad mercantil Organización Líder 2000, C.A.

Palabras clave

recursostrabajoprestacionescasaciónjurisprudencia

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