Sentencia N° 167 — Sala de Casación Social del TSJ, 7 de marzo de 2016

TSJ/SCS, Sent. N° 0167, Exp. 14-964, 07/03/2016
Expediente14-964
PonenteMÓNICA GIOCONDA MISTICCHIO TORTORELLA
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2016-03-07
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia declara con lugar el recurso de casación interpuesto por Larry José Guillén Acosta contra la sentencia del Juzgado Superior Tercero del Trabajo, que había declarado parcialmente con lugar el recurso de apelación de la demandada. La Sala anula el fallo recurrido y parcialmente con lugar la demanda por cobro de acreencias laborales, reconociendo la falta de exhibición de documentos por parte de la empresa demandada, lo que conlleva a tener como ciertos los alegatos del demandante sobre horas extraordinarias trabajadas. Se ordena el pago de las horas extraordinarias y otros conceptos laborales adeudados.

Extracto de la motiva

La Sala observa que el recurrente acusa la infracción del artículo 82 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, atendiendo a la previsión legal que, cuando se solicita la exhibición de documentos que por mandato legal debe llevar el empleador, bastará con que el trabajador efectúe tal solicitud, sin necesidad de presentar medio de prueba alguno que constituya al menos, presunción grave de que el mismo se encuentra en poder del adversario. Al respecto, importa advertir que operará la consecuencia jurídica establecida en el segundo aparte de la aludida disposición, siempre que la parte promovente haya cumplido con la carga de presentar una copia de la que pueda extraerse el contenido del documento, o en su defecto, afirme los datos que presuntamente figuran en su texto, y que han de tenerse como ciertos, en caso de no ser entregado el instrumento original por la parte a quien se le solicite su exhibición, puesto que, de lo contrario, no puede el operador de justicia suplir las deficiencia en la promoción de la prueba, atribuyéndole al documento un determinado contenido que no fue alegado por el interesado.

Dispositiva

En mérito de las consideraciones expuestas, se declara parcialmente con lugar la demanda incoada por el ciudadano Larry José Guillén Acosta contra la sociedad mercantil Weatherford Latín América S.A. DECISIÓN En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de casación ejercido por la parte demandante contra la sentencia dictada por el Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, el 19 de mayo de 2014; SEGUNDO: ANULA el fallo recurrido; y TERCERO: PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA por cobro de acreencias laborales, interpuesta por el ciudadano Larry José Guillén Acosta contra la empresa Weatherford Latín América S.A.

Palabras clave

cobro de acreencias laboralesrecurso de casaciónexhibición de documentoshoras extraordinariasdecisión laboral

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