Sentencia N° 1603 — Sala de Casación Social del TSJ, 3 de noviembre de 2014
TSJ/SCS, Sent. N° 1603, Exp. 13-267, 03/11/2014
Expediente13-267
PonenteOCTAVIO SISCO RICCIARDI
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2014-11-03
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 3 de noviembre de 2014, declaró con lugar el recurso de control de la legalidad interpuesto por Fernando José García Salcedo contra la sentencia del Juzgado Superior Octavo del Circuito Judicial del Trabajo. La Sala anuló el fallo recurrido y parcialmente con lugar la demanda por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales contra las sociedades mercantiles demandadas. Se ordenó la realización de experticias complementarias para determinar los montos adeudados por concepto de prestaciones sociales, intereses y corrección monetaria.
Extracto de la motiva
La congruencia, tal como lo señala el Código de Procedimiento Civil, se refiere a una decisión acorde con los alegatos que presenten las partes en el proceso. Así, el Juez tiene el deber de pronunciarse sólo sobre lo alegado y sobre todo lo probado. En este sentido, es sabido que el vicio de incongruencia puede ser positivo o negativo, produciéndose la incongruencia positiva cuando el sentenciador se sitúe fuera de los términos en que quedó establecida la litis, supliendo alegatos o excepciones que no han sido argüidas por las partes; y la incongruencia negativa se patentiza en el caso de que el sentenciador no tome en consideración argumentos fácticos o de derecho que sustenten la demanda del actor o las excepciones o defensas del accionado. De acuerdo con lo expuesto, existe incongruencia negativa cuando no se resuelve sobre todo lo alegado, lo cual lleva a distinguir entre alegaciones y pretensiones, admitiéndose igualmente la posibilidad de desechar la existencia del vicio cuando puede deducirse razonablemente que el tribunal a quo ha valorado definitivamente lo que le ha sido presentado para su decisión.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de control de la legalidad anunciado por la parte actora, contra la sentencia del Juzgado Superior Octavo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de 24 de enero de 2013. SEGUNDO: ANULA el fallo recurrido. TERCERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda del ciudadano Fernando José García Salcedo contra las sociedades mercantiles Sport Land 2002, C.A., Red Deportiva Integrada RDI 002, S.A. y Surporte Intergente, S.A., por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales, en los términos descritos con anterioridad.