Sentencia N° 1594 — Sala de Casación Social del TSJ, 22 de octubre de 2009
TSJ/SCS, Sent. N° 1594, Exp. 09-1062, 22/10/2009
Expediente09-1062
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2009-10-22
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por el ciudadano Francisco José Guachacuto contra la sentencia del Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. La decisión se basa en que la sentencia recurrida no incurre en violaciones de normas de orden público ni quebranta la doctrina jurisprudencial reiterada de la Sala.
Extracto de la motiva
En el caso bajo estudio, denuncia la parte actora recurrente la violación de los artículos 60, 398, 508 y 672 de la Ley Orgánica del Trabajo y la cláusula N° 51 de la Convención Colectiva de Trabajo celebrada entre el Municipio Girardot del Estado Aragua y el Sindicato de Obreros de dicho organismo. A tal efecto, explica quien recurre que la Alzada yerra al establecer en su sentencia, que el pago de la prestación de antigüedad establecido en la cláusula N° 51 de la Convención Colectiva de Trabajo aludida, debe ser calculado con base al salario percibido por el demandante, en cada uno de los meses de la relación de trabajo, a razón de cinco (5) días por mes, tal y como lo dispone el artículo 108 de la Ley Orgánica del Trabajo -normativa a la cual remite la citada cláusula-, en virtud a que la misma contempla que, una vez otorgado el beneficio de jubilación, el trabajador será liquidado, de manera doble y a salario promedio, lo concerniente a la prestación de antigüedad, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 108 de la Ley Orgánica del Trabajo. Agrega, que se trata de una Convención Colectiva, suscrita entre la Alcaldía del Municipio Girardot del Estado Aragua y sus trabajadores, en la cual acordaron el pago de la prestación de antigüedad, en condiciones distintas a las señaladas en la Ley Orgánica del Trabajo, pero obviamente de manera más favorable.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad intentado por la parte actora contra la sentencia de fecha 14 de julio de 2009, emanada del Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. No hay expresa condenatoria en costas del proceso, dada la naturaleza de la presente decisión.
Palabras clave
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