Sentencia N° 1578 — Sala de Casación Social del TSJ, 29 de octubre de 2014

TSJ/SCS, Sent. N° 1578, Exp. 12-1721, 29/10/2014
Expediente12-1721
PonenteCARMEN ESTHER GÓMEZ CABRERA
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2014-10-29
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la homologación de un acuerdo transaccional entre Yhonny Aramid Pérez Hernández y Cervecería Polar, C.A. La parte demandante solicitó la homologación de un acuerdo que implicaba el pago de una indemnización, pero la Sala determinó que el acuerdo no cumplía con los requisitos legales y constitucionales para su homologación, ya que no se evidenció una relación laboral entre las partes. La Sala concluyó que el demandante no tenía derecho a recibir prestaciones laborales y, por lo tanto, negó la homologación del acuerdo transaccional.

Extracto de la motiva

La transacción y el desistimiento como medios de autocomposición procesal, en sede laboral, son sometidos a rigurosos requisitos con el propósito de garantizar los principios de carácter Constitucional ya mencionados, por lo que tenemos que la transacción laboral pasa a ser un acuerdo o contrato bilateral a través del cual el demandante y el demandado se hacen reciprocas concesiones sobre los conceptos demandados para dar por terminado un litigio pendiente o acuerdan prevenir un conflicto eventual. Así lo establece el artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras expresando lo que sigue: En ningún caso serán renunciables los derechos contenidos en las normas y disposiciones de cualquier naturaleza y jerarquía que favorezcan a los trabajadores y a las trabajadoras. Las transacciones y convenimientos solo podrán realizarse al término de la relación laboral y siempre que versen sobre derechos litigiosos, dudosos o discutidos, consten por escrito y contengan una relación circunstanciada de los hechos que la motiven y de los derechos en ella comprendidos. En consecuencia, no será estimada como transacción la simple relación de derechos, aún cuando el trabajador o trabajadora hubiese declarado su conformidad con lo pactado. Los funcionarios y las funcionarias del trabajo en sede administrativa o judicial garantizarán que la transacción no violente de forma alguna el principio constitucional de irrenunciabilidad de los derechos laborales.

Dispositiva

NIEGA la homologación de la transacción suscrita el ciudadano YHONNY ARAMID PÉREZ HERNÁNDEZ, asistido por el abogado Sergio Guerrero Villasmil y la representación judicial de la sociedad mercantil CERVECERÍA POLAR, C.A. Publíquese y regístrese. Continúese el trámite del recurso de casación interpuesto por el abogado Sergio Guerrero Villasmil en representación del ciudadano Yhonny Aramid Pérez Hernández y a tal efecto, fíjese la oportunidad para realizar la audiencia correspondiente.

Palabras clave

transacciónhomologaciónrelación laboralindemnizaciónderechos laborales

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