Sentencia N° 1567 — Sala de Casación Social del TSJ, 16 de octubre de 2008

TSJ/SCS, Sent. N° 1567, Exp. 08-1464, 16/10/2008
Expediente08-1464
PonenteLUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2008-10-16
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por el demandante Jhonny Coromoto Mendoza Castillo, quien apelaba una decisión del Juzgado Superior Accidental del Trabajo. El recurrente alegaba violaciones a normas de orden público y jurisprudencia relacionada con la jornada laboral y el pago de horas extras. Sin embargo, la Sala determinó que la decisión impugnada no violaba normas regidas por el orden público ni la doctrina jurisprudencial de la Sala, por lo que se declaró inadmisible el recurso.

Extracto de la motiva

El artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo establece el control de la legalidad como la vía recursiva para impugnar ante la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, aquellas decisiones emanadas de los Tribunales Superiores del Trabajo que no sean recurribles en casación y que violenten o amenacen con violentar normas de orden público y/o la reiterada doctrina de esta Sala, ello, a fin de restablecer el orden jurídico infringido. Asimismo, la oportunidad para interponer el referido recurso se encuentra limitada a un lapso preclusivo de cinco (5) días hábiles, una vez vencido el lapso que otorga la ley para la publicación de la sentencia in extenso, conteste con el artículo 165 eiusdem y el criterio establecido en sentencia N° 569 del 29 de abril de 2008 (caso: Maritza Margarita Antequera Nelo contra Promotora Milenium, C.A.); y deberá hacerse a través de escrito, el cual no podrá exceder de tres (3) folios útiles y sus vueltos, pues tal inobservancia acarrearía la inadmisibilidad de éste. En ese orden, verificado el cumplimiento de los requisitos técnicos-formales señalados supra, pasa esta Sala de Casación Social a analizar los elementos sustanciales de admisibilidad, y al respecto observa: En el presente caso, denuncia el demandante recurrente que la sentencia impugnada vulnera normas de orden público y es contraria a la reiterada jurisprudencia de la Sala Constitucional de este alto Tribunal, referida a la jornada de trabajo y al pago de horas extras, así como de esta Sala de Casación Social, relativa a “la aplicación del principio de realidad para investigar la realidad material por encima de la formal”, la carga de la prueba y el pago de horas extras, la violación de artículos de la Ley Orgánica del Trabajo, y “los límites de la controversia y violación de normas de orden Público (sic)”.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandante, contra la sentencia de fecha 7 de julio de 2008, emanada del Juzgado Superior Accidental del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa. No hay expresa condenatoria en costas del recurso, dada la naturaleza de la presente decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial arriba identificada. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen antes mencionado, de conformidad con lo establecido en el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Palabras clave

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