Sentencia N° 156 — Sala de Casación Social del TSJ, 24 de marzo de 2015

TSJ/SCS, Sent. N° 0156, Exp. 12-832, 24/03/2015
Expediente12-832
PonenteMÓNICA GIOCONDA MISTICCHIO TORTORELLA
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2015-03-24
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, declara desistido el recurso de casación interpuesto por la parte demandada y sin lugar el recurso de casación de la parte actora contra la sentencia del Juzgado Superior Tercero del Trabajo. Se confirma la decisión recurrida que había declarado parcialmente con lugar el recurso de apelación de la parte demandada. La Sala argumenta que la juez de alzada se pronunció adecuadamente sobre los intereses moratorios y la corrección monetaria, y que no incurrió en vicios de incongruencia o contradicción en la motivación de su fallo.

Extracto de la motiva

La Sala de Casación Social considera que el vicio de incongruencia se configura cuando existe discrepancia entre lo alegado por las partes y lo decidido por el Tribunal. En este caso, la juez de alzada se pronunció sobre los intereses moratorios, considerando que le corresponde la corrección monetaria e intereses moratorios sobre las cantidades acordadas, los cuales se ordenan tomando en consideración y ciñéndose rigurosamente al contenido y los parámetros establecidos por el Tribunal Supremo de Justicia. La Sala también menciona que los intereses moratorios de los días domingos y feriados deben ser calculados desde el momento en que debieron ser pagados, es decir, al final de cada mes, conforme a la jurisprudencia establecida por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia.

Dispositiva

PRIMERO: DESISTIDO el recurso de casación ejercido por la parte demandada. SEGUNDO: SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por la parte actora contra la sentencia de fecha 27 de abril de 2012, emanada del Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia y, TERCERO: se CONFIRMA la decisión recurrida. Se condena en costas del recurso a ambas partes de conformidad con lo dispuesto en el artículo 61 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Palabras clave

casaciónlaboralintereses moratorioscorrección monetaria

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