Sentencia N° 1556 — Sala de Casación Social del TSJ, 10 de noviembre de 2005
TSJ/SCS, Sent. N° 1556, Exp. 05-570, 10/11/2005
Expediente05-570
PonenteLUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2005-11-10
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada contra una sentencia del Juzgado Superior Primero del Trabajo. La decisión se basa en el análisis de los argumentos presentados por el recurrente, quienes alegaron violaciones a varios artículos de la Constitución y leyes laborales, pero la Sala concluye que no se evidencian violaciones de normas de orden público ni de la doctrina jurisprudencial establecida.
Extracto de la motiva
En el presente caso, señala el impugnante, que fue violentado el artículo 89 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, porque la recurrida desconoció y desprotegió los derechos del fallecido trabajador y en consecuencia, los derechos de su único heredero el niño Yeferson José Méndez Torres. Delata la violación del artículo 1.357 del Código Civil, en concordancia con el artículo 77 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, al no valorarse el acta levantada ante la Sub Inspectoría del Trabajo. Señala, que tampoco fue valorada la cédula de identidad del fallecido, la cual sirvió como documento indubitado para la realización de la experticia grafotécnica. Así mismo, delata la infracción del artículo 467 del Código de Procedimiento Civil, al valorar la recurrida la prueba de experticia grafotécnica sin tomar en cuenta que el informe pericial fue impugnado por carecer de los requisitos legales exigidos en el mencionado artículo. Arguye el recurrente, la violación del artículo 235 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia con los artículos 8 y 10 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, que regula lo referente a la obligación para el empleador de llevar un registro de vacaciones. Delata la violación del artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con los artículos 9, 10 y 69 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, así como jurisprudencia de la Sala de Casación Civil y de la Sala Político Administrativa, ello, por no valorar la recurrida pruebas tan relevantes como la de informes, sobre el supuesto fideicomiso donde se encuentra depositado la prestación de antigüedad y sus intereses; y las documentales soportadas en los libros de contabilidad presentados por el patrono, contentivos de los ejercicios económicos 2001, 2002 y 2003, dado que en los mencionados libros deberían reflejarse los pagos realizados al fallecido trabajador.
Dispositiva
En mérito a las precedentes conclusiones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad, interpuesto por la parte demandada contra la sentencia de fecha 21 de marzo de 2005, emanada del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, con sede en la ciudad de San Cristóbal. No hay expresa condenatoria en costas del recurso dada la naturaleza de la presente decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial arriba identificada.
Palabras clave
cobro de prestaciones socialescontrol de la legalidadinadmisiibilidadderechos laboralesviolación de derechosCódigo CivilLey Orgánica Procesal del TrabajoConstitución